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miércoles, 12 de noviembre de 2014

PAISES DE LA UE PODRÍAN EXCLUIR A EMIGRANTES DE OTROS PAISES MIEMBROS DE AYUDAS SOCIALES

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 El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (UE) dictaminó el martes que los Estados miembros del bloque no están obligados a otorgar prestaciones sociales a ciudadanos de otros países miembros que viajan a su territorio.

Las acusaciones sobre un abuso del principio de libre circulación entre Estados de la UE, que se convierte así en "turismo social", han favorecido la emergencia de partidos políticos eurófobos que abogan por limitar la inmigración.

En Reino Unido, en particular, ante la subida del partido eurófobo Ukip, el primer ministro David Cameron anunció que deseaba limitar la inmigración procedente de otros países de la UE, pese al principio de libre circulación de las personas, lo que generó el enfado de la canciller alemana Angela Merkel y de los medios empresariales británicos.

El tribunal de Luxemburgo consideró así que un ciudadano de un Estado miembro de la UE que emigre a otro Estado miembro solamente podrá beneficiarse de prestaciones sociales si su residencia es conforme a la directiva europea sobre la libre circulación.

"Una de las condiciones (...) para un permiso de residencia es que las personas económicamente inactivas tengan suficientes recursos propios" según el tribunal.

La directiva quiere impedir que ciudadanos inactivos de la UE utilicen el sistema de protección social del Estado de acogida para financiar sus medios de subsistencia, interpreta el tribunal.
Éste considera, en fin, que le corresponde a cada Estado decidir si se conceden o no estas prestaciones sociales.

OTRA HUMANIDAD ES NECESARIA

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