La impunidad de los crímenes cometidos durante la Guerra Civil y el
franquismo está garantizada en España. Las instituciones españolas
ni investigan ni cooperan
con las investigaciones llevadas a cabo por otros países y los tres
poderes del Estado están actuando de forma que garantiza la impunidad de
estos crímenes. Estas son las principales conclusiones del
informe 'El tiempo pasa, la impunidad permanece' (ver Pdf)
que ha presentado este lunes Amnistía Internacional (AI). "La
impunidad ha dejado a las víctimas de crímenes de Derecho Internacional
en una situación de completa indefensión", ha explicado Esteban Beltrán,
director AI en España.
El informe, ejecutado por Ignacio Jovtis, enumera y analiza las
actuación de los tres poderes del Estado (ejecutivo, legislativo y
judicial) en relación a la investigación de los
crímenes del franquismo.
El peor parado: el poder judicial. "Todas las denuncias presentadas por
víctimas de la dictadura y la Guerra Civil en España a las que Amnistía
Internacional ha tenido acceso han sido archivadas. De las 47
investigaciones abiertas desde 2008, 38 han sido archivadas y de las
otras 9 no hemos recibido la información solicitada a las instituciones
públicas", explica Jovtis, responsable de políticas e investigaciones de
la organización.
Concretamente, el informe habla de cinco 'favores' que las
instituciones españolas han realizado recientemente, por activa o por
pasiva, para evitar que los crímenes del franquismo sean investigados.
"En España hemos pasado
de una situación de olvido en 2005 a situación de obstaculización en la actualidad. Es decir, hemos empeorado sustancialmente", ha asegurado Esteban Beltrán.
1. No colaboración e intromisión del Gobierno
El Gobierno del Partido Popular no colabora con la investigación
llevada a cabo por la Justicia argentina en relación a la causa abierta
por los delitos de
crímenes de lesa humanidad
y/o genocidio cometidos por la dictadura franquista. En este sentido,
Ignacio Jovtis ha denunciado la actuación del ministerio de Asuntos
Exteriores para evitar que víctimas de la represión franquista
declararan mediante videoconferencia ante la Justicia argentina.
El ocho de mayo, día en el que estaba prevista la declaración, un
alto cargo del Ministerio se puso en contacto con el embajador de
Argentina en España para que suspendiera las videoconferencias. La
presión surtió el efecto deseado y el embajador telefoneó a la
juez María Servini
para que cancelara las declaraciones minutos antes de su inicio. "El
Gobierno no sólo no colabora sino que obstaculiza las investigaciones
que llevan a cabo otros países como en este caso Argentina", denuncia
Jovtis.
2. Una Justicia que no investiga
Después de que en 2008 la Audiencia Nacional declinara sus
competencias en favor de los distintos juzgados territoriales para
investigar los crímenes del franquismo 38 de las 47 demandas han sido
archivadas. De las nueve restantes, AI no ha recibido información por
parte de las instituciones españolas. "Esta es una tendencia que ya
identificamos en 2012 pero que
se ha profundizado
con la sentencia del Tribunal Supremo (TS) sobre Baltasar Garzón que
cierra la puerta a la investigación de crímenes contra el Derecho
Internacional en España", asegura Jovtis.
En este sentido, el investigador de AI contrarresta los cuatro
argumentos fundamentales utilizados por el Tribunal Supremo para
concluir en su sentencia de febrero de 2012 que los jueces españoles no
deben investigar los crímenes de la Guerra Civil y el franquismo.
"Creemos que todos ellos
son contrarios al Derecho Internacional", asegura Jovtis.
Así, AI considera, en primer lugar, que los crímenes cometidos contra
el derecho internacional sí estaban vigentes cuando fueron cometidos en
España durante la Guerra Civil y la dictadura; que
los crímenes nunca prescriben
ya que se trata de crímenes de derecho internacional; que a pesar de
haber fallecido los responsables de los mismos los Estados tienen la
obligación absoluta de investigar y de garantizar el derecho a la
verdad, justicia y reparación de las víctimas por muchos años que
transcurran; y, por último, que la Ley de Amnistía de 1977 no puede
servir para garantizar la impunidad de crímenes de derecho
internacional.
3. Una Fiscalía que facilita afirmaciones falsas
La Justicia argentina ha solicitado en dos ocasiones información a la
Fiscalía General del Estado en relación a la investigación que está
llevando a cabo por los crímenes del franquismo. En opinión de AI, en
las dos ocasiones la Fiscalía ha facilitado a la Justicia argentina
informaciones "falsas y contrarias al derecho internacional".
Estas informaciones falsas corresponde a las afirmaciones de la
Fiscalía que aseguran que España está investigando los crímenes del
franquismo y que España tiene preferencia para ello y solicita a
Argentina que remita los expedientes para que la Justicia española se
haga cargo de la investigación. "AI quiere dejar claro que en
investigaciones de crímenes de lesa humanidad la jurisdicción es
concurrente y no preferente", asegura Jovtis. Es decir, cualquier
sistema judicial que reconoce el
principio de Justicia universal puede hacerse cargo de las investigaciones.
4. No adhesión a la Convención sobre imprescriptibilidad
La pasada legislatura el Gobierno se comprometió a ratificar la
'Convención sobre la Imprescriptibilidad de los Crímenes de Guerra y de
los Crímenes de Lesa Humanidad'. Sin embargo, en respuesta parlamentaria
por escrito al portavoz parlamentario de Izquierda Unida, José Luis
Centella, el actual Ejecutivo señala que durante "el proceso de
análisis" de la Convención "se suscitó la posibilidad de que ciertas
medidas de la Convención pudieran
ser contrarias al principio de irretroactividad de la ley penal".
Por tanto, asegura el Gobierno, "el análisis sobre la posible
adhesión de España a este instrumento sigue su curso actualmente". No
obstante, desde AI se insta al Gobierno a dar su autorización con
"prontitud" a esta Convención que ya ha sido ratificado numerosos
Estados democráticos.
5. Mantenimiento de la Ley de Amnistía de 1977
La ONU ha solicitado a España en diversas ocasiones la derogación de
la Ley de Amnistía de 1977. La última vez fue en febrero de 2012 cuando
el portavoz de la Alta Comisaria de Naciones Unidas para los Derechos
Humanos, Rupert Colville, señaló que España estaba obligada a
derogar dicha ley y a investigar
las "graves violaciones contra los derechos humanos del pasado,
incluidas aquellas cometidas durante el régimen de Franco y perseguir y
castigar a los responsables si es que alguno vive aún".
En este sentido, AI recuerda al Estado español que la aplicación de
amnistías a los crímenes de derecho internacional vulnera tanto el
derecho a un recurso efectivo del Pacto Internacional de Derechos
Civiles y Políticos como la imposibilidad para un Estado de invocar
disposiciones de su derecho interno como
justificación del incumplimiento de un tratado
internacional. "En ningún caso una ley interna puede servir de base
para garantizar la impunidad de crímenes de derecho internacional",
sentencia Jovtis.
Fuente:
http://www.publico.es/457358/los-cinco-favores-del-estado-espanol-a-la-impunidad-franquista