Noticias de las luchas protagonizadas por los trabajadores y las
trabajadoras en la defensa de sus legítimos intereses, contra los
ataques de la burguesía.
ÍNDICE:
- SENTENCIA DEL TS DE 21-10-2014 SOBRE PLAZO DE CADUCIDAD DE IMPUGNACIÓN DE MODIFICACIÓN SUSTANCIAL DE LAS CONDICIONES DE TRABAJO
- EL PARLAMENTO EUROPEO INVESTIGARÁ AL GOBIERNO ANDALUZ POR RECORTAR
EL 10% DEL SUELDO A LOS TRABAJADORES NO FUNCIONARIOS. Por Coordinadora
de Trabajadores de Andalucía
- LA CONCILIACIÓN CON TESTO TERMINA SIN ACUERDO Y CON LA AMENAZA DE
UNA QUERELLA CRIMINAL. Por Coordinadora Obrera Sindical bajo Maresme
- COMUNICADO DEL SINDICATO DE SANIDAD DE LA FEDERACIÓN INTERCOMARCAL
CGT TARRAGONA EN REFERENCIA AL ÚLTIMO ACUERDO FIRMADO EN LA RED SANTA
TECLA
- EL COMITÉ DE EVEREST ESPERA UNA LARGA HUELGA Y SUMAN YA CINCO NÓMINAS SIN COBRAR
- NO AL CIERRE DE BOSAL
- LOS TRABAJADORES DE ADOLFO DOMÍNGUEZ EN ORENSE RECLAMAN INFORMACIÓN A LA EMPRESA POR LOS DESPIDOS
- LA HUELGA EN EL METRO DE VALENCIA BLOQUEARÁ LA MASCLETÁ Y LOS CASTILLOS DEL DÍA 15 AL 19 DE MARZO
- LAS TRABAJADORAS DE LA LIMPIEZA DE SABADELL COMIENZAN LA LUCHA POR LA MUNICIPALIZACIÓN DEL SERVICIO
- CONVOCAN MANIFESTACIÓN EN MERIDIANO CONTRA LOS DESPIDOS EN LA PLANTILLA DE AUXILIARES DE OMBUDS
- ELA EXIGE AL GOBIERNO VASCO EL PAGO ÍNTEGRO DE LA PAGA SUPRIMIDA EN EL 2012
- EL COMITÉ DE POVISA DENUNCIA ANTE LA XUNTA PROBLEMAS DE PERSONAL EN EL HOSPITAL
- CC.OO. AVANZA SU INTENCIÓN DE RECURRIR EN LOS TRIBUNALES EL ERE DE LA UPM QUE AFECTA A 69 TRABAJADORES READMITIDOS
- 5ª REUNIÓN DEL PERIODO DE CONSULTAS SOBRE MODIFICACIÓN DE LAS
CONDICIONES DE TRABAJO EN TRAGSATEC. Por Sec. Sind. CGT Tragsatec
Andalucía
- HUELGA DE LIMPIEZA EN LA ESTACIÓN NORTE DE VALENCIA DURANTE LAS FALLAS
- LOS SINDICATOS CONVOCAN HUELGA EN LOS PARQUES DE BOMBEROS DE GESTIÓN INDIRECTA EN GALICIA
- DECLARADA NULA LA CLÁUSULA POR LA QUE EL METRO DE BARCELONA EXCLUYE DEL ÁMBITO DEL CONVENIO A UNA PARTE DE LA PLANTILLA
- LA COMPAÑÍA PRESENTA UN ERTE QUE AFECTARÁ A LA MITAD DE LA PLANTILLA SIN REUNIRSE PREVIAMENTE CON EL COMITÉ
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SENTENCIA DEL TS DE 21-10-2014 SOBRE PLAZO DE CADUCIDAD DE IMPUGNACIÓN DE MODIFICACIÓN SUSTANCIAL DE LAS CONDICIONES DE TRABAJO
RESUMEN
Plazo de 20 días de caducidad para la impugnación
Recurso de Casación interpuesto por UGT y CCOO contra la sentencia de
la AN de 25-3-2013, en procedimiento seguido en virtud de demanda de
los ahora recurrentes contra Ingeniería de Sistemas para la Defensa de
España SA sobre conflicto colectivo.
ANTECEDENTES DE HECHO
Por UGT y CCOO se interpuso demanda de conflicto colectivo ante la
AN, en la que se suplicaba se dictada sentencia por la que se declare
“la nulidad de la decisión empresarial de no abonar al personal
afectado por el presente conflicto colectivo, como retribución variable
correspondiente a 2012, el 10% del salario bruto anual de 2012.
Subsidiariamente a la anterior pretensión, se declare no justificada
dicha decisión empresarial, al no quedar acreditadas las razones
invocadas por la empresa. Condenando en ambos casos a la demandada a
estar y pasar por dicha resolución.”
Con fecha 25-3-2013 se dictó sentencia por la AN en la que consta el siguiente fallo:
“Que apreciando la excepción de la acción alegada por la empresa y
desestimando la demanda formulada por CCOO contra ISDEFE, debemos
absolver y absolvemos a la empresa demandada de las pretensiones
formuladas en su contra en los presentes autos.”
En dicha sentencia se declararon probados los siguientes hechos:
1º.- El presente conflicto colectivo afecta a trabajadores de la
empresa ISDEFE que realizan su tarea laboral en las Comunidades
autónomas de Madrid, Murcia, Castilla-la Mancha, Castilla y León y
Andalucía.
Concretamente afecta a aquellos trabajadores que aparecen catalogados
como “resto de personal” en el “Procedimiento General del Nuevo Sistema
de Evaluación de desempeño” (SEDA, en adelante).
2º.- El apdo. 4 de dicho acuerdo establece que los objetivos de
negocio suponen el 100% de la retribución variable, disponiendo además
lo siguiente:
“El resultado de la valoración de los objetivos de negocio, será la
cuantía de la retribución variable sobre el salario bruto anual (a
partir de ahora referido como salario) de los empleados de ISDEFE y se
percibirá como un único pago. Para un 100% de cumplimiento dicha cuantía
será:
– Directores del Comité de Dirección: 25%.
– Gerentes/Directores de Departamento: 20%.
-Jefes de Área: 18%.
– Jefes de Proyecto/Expertos/Coordinadores de Grupo, Responsables de Equipo 15%.
– Resto del Personal: 10%.
3º.- Este sistema de retribución variable está implantado en la
empresa como práctica habitual, aunque no fue negociado ni acordado con
la representación legal de los trabajadores hasta el 11-6-2010 que se
alcanzó un primer acuerdo entre la Dirección de la Empresa y el Comité
de Empresa del Centro de trabajo de Madrid sobre el “nuevo sistema de
Evaluación de Desempeño Anual”, por el que se calcula la retribución
variable de cada empleado.
4º.- El 1-6-2011 se firmó el antes citado SEDA. El devengo de los
trabajadores afectados de la retribución variable depende solo de la
consecución de los objetivos de la empresa, ya que no tienen asignados
objetivos individuales.
5º.- El Comité de empresa el 6-9-2012 se dirigió a la empresa,
solicitando una reunión plenaria con la dirección para tratar -entre
otros asuntos- el tema de la definición de objetivos para 2012 y
aplicación del SEDA. Días más tarde, concretamente el 17-9-12 el
presidente del Comité se dirigió a la empresa reiterando su solicitud de
reunión, y manifestando que su criterio es mantener la aplicación del
SEDA, como en el pasado año.
De nuevo, en fecha 24-9-2012, se reiteró por el Comité su petición de
ser convocado a una reunión para tratar, entre otros, los temas de
“definición de objetivos 2012 y aplicación del SEDA”.
6º.- El 7-11-2012 tuvo lugar una reunión entre el Comité y la
Dirección de la empresa en la que se planteó el tema de la presunta
vulneración unilateral del Acuerdo firmado en 2011. En esta reunión el
director de Administración y Recursos Humanos se comprometió a dar una
respuesta al Comité de empresa.
7º.- La dirección de la empresa entregó al Comité una propuesta
relativa a la retribución variable y la aplicación del SEDA en 2012 y
años sucesivos. Esto tuvo lugar el 22-11-2012. El 19-12-2012 tuvo lugar
una reunión entre la dirección de la empresa y el Comité en la que
aquélla anunció que el 4% (cantidad en la que se cifraba la retribución
variable) era algo inamovible.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO.- 1. La
sentencia de instancia aprecia la caducidad de la acción de conflicto
colectivo planteada por los sindicatos UGT y CCOO.
En la demanda conjunta, presentada el 12-2-2013, los sindicatos
suplicaban que se declarara la nulidad de la decisión empresarial de no
abonar al personal afectado por el conflicto el 10% del salario bruto
anual de 2012 como retribución variable de dicho año; y,
subsidiariamente, que se declarara injustificada la decisión por no
acreditarse las razones invocadas por la empresa.
- La parte actora recurre en casación ordinaria a través de un único
motivo, amparado en el apartado e) del art. 207 de la LRJS, para
denunciar la infracción de los arts. 138.1 LRJS y 59.4 del E.T..
Se defiende así la pervivencia de la acción, negando que pueda
tomarse como dies a quo la fecha de la que parte la sentencia recurrida.
La Sala de instancia razona que la decisión empresarial objeto del
litigio fue notificada el 22-11-2012, añadiendo que el Comité de empresa
manifestó su desacuerdo el 13-12-2012. Concluye que transcurrió en
exceso el plazo de 20 días establecido en los preceptos legales que el
recurso invoca, al haberse presentado la demanda en 12-2-2013.
SEGUNDO.- 1. Tras la
entrada en vigor de la Ley 36/2011 (LRJS), el controvertido plazo de 20
días caducidad para la impugnación de modificaciones sustanciales de
condiciones de trabajo es aplicable en todo caso, aun cuando no se haya
seguido el trámite del art. 41 ET. Por consiguiente resulta baladí
cualquier argumentación sobre el grado de cumplimiento del procedimiento
que marca el citado precepto legal, ya que, con independencia de la
mayor o menor acomodación a las exigencias del previo periodo de
consultas, lo cierto es que la acción que se ejercitaba en la demanda
había de someterse en todo caso al mencionado plazo de caducidad.
La fijación de un plazo de caducidad perentorio constituye una
garantía de la seguridad jurídica que para las partes se ha de derivar
de la consolidación de una decisión no impugnada, de suerte que el
transcurso del mismo actúa como ratificación de la aceptación de la
parte social. De ahí que se exija la notificación escrita y que el plazo
se inicie con dicha notificación de la decisión empresarial por escrito
a los trabajadores o a sus representantes. Por ello, de no producirse
la fehaciencia de la notificación, no cabe aplicar un plazo perentorio
de caducidad tan breve e impeditivo del ejercicio de la acción
(Sentencia del TS de 21-5-2013).
- De los hechos probados de la sentencia recurrida se desprende lo siguiente:
- a) el 6-9-2012 el Comité de empresa solicitó reunión con la empresa
para tratar de la fijación de objetivos para 2012 -de los que depende la
retribución variable de los trabajadores afectados, objeto de este
conflicto
- b) Dicha petición se reiteró los días 17 y 24-9-2012
- c) El 7-11-2012 se produjo la primera reunión entre la representación de los trabajadores y la empresa;
- d) El 22-11-2012 la empresa entregó al Comité una propuesta sobre retribución variable para 2012 y años sucesivos;
- e) El 13-12-2012 el Comité de empresa manifestó su desacuerdo;
- f) El 19-12-2012 hubo una nueva reunión en que la empresa expresó su
postura inamovible sobre el importe de la retribución variable;
- g) La demanda de impugnación de la decisión se presenta el 12-2-2013.
- En la sentencia del TS de 21-5-2013 se parte de la necesidad de
conocer el momento en que la empresa notifica a la representación de los
trabajadores la medida finalmente adoptada y ese criterio ha de servir
para discrepar aquí de la sentencia recurrida. En el caso presente,
aunque la representación legal de los trabajadores conocía la intención
empresarial, puesta de relieve en el periodo de consultas, lo cierto es
que no hubo acto expreso de notificación de la decisión definitiva, por
más contundentes que fueran las manifestaciones de la empresa en la
última de las reuniones llevadas a cabo (la de 19-12). Por ello, cabía
esperar una notificación posterior que pusiera en conocimiento del
Comité de empresa la decisión definitivamente adoptada, así como la
ulterior comunicación individualizada a los trabajadores afectados. No
constando ésta, se hace inexigible a la parte social una reacción
constreñida al plazo de caducidad de los 20 días que, en todo caso,
deberían iniciarse en el momento en que la empresa efectúe esa
comunicación expresa y fehaciente.
La demanda no resultaba extemporánea y, en consecuencia, debemos
estimar el recurso, casar y anular la sentencia recurrida y devolver las
actuaciones al órgano judicial de origen para que dicte sentencia en la
que se resuelvan las restantes cuestiones suscitadas en el litigio.
FALLO
Se estima el recurso de casación interpuesto por UGT y CCOO frente a
la sentencia dictada por la AN de fecha 25-3-2013, en procedimiento que
se casa y anula devolviendo las actuaciones a la Sala de origen para que
dicte nueva sentencia en la que, se resuelvan las restantes cuestiones
suscitadas en el litigio.
VER SENTENCIA
http://www.lapirenaicadigital.es/SITIO/SENTENCIATS211020143.pdf
EL PARLAMENTO EUROPEO INVESTIGARÁ AL GOBIERNO ANDALUZ POR
RECORTAR EL 10% DEL SUELDO A LOS TRABAJADORES NO FUNCIONARIOS. Por
Coordinadora de Trabajadores de Andalucía
En octubre de 2013, ya como CTA, se promovió esta iniciativa, dado
que en los sindicatos que estábamos (varios compañer@s), no fue posible
que se pusiera denuncia sobre esta norma. La idea de recurrir a la
Comisión de Peticiones del Parlamento Europeo se nos ocurrió, después de
comprobar que los plazos legales establecidos estaban cumplidos. En su
día, ni CCOO, ni USO, ni ningún otro quiso llevarlo a la justicia
burguesa, … y ahora convocan “manifestaciones” en contra de la norma.
Este es el contenido del escrito que trasladaron a Bruselas:
Que en el Reino de España, en la Comunidad Autónoma de Andalucía, el
gobierno de dicha comunidad (Junta de Andalucía) ha impuesto a los
trabajadores y trabajadoras de la Administración Pública una
discriminación laboral, basada en el tipo de duración de sus contratos.
La discriminación produce que los trabajadores que no tienen la
condición de fijos; es decir, laborales temporales, laborales
indefinidos y funcionarios interinos sufran una reducción del 10% sobre
su jornada laboral, salarios y cotización a la Seguridad Social.
La norma que faculta esta discriminación, y sobre la que planteamos
nuestra petición, es el Decreto-Ley 1/2012 de 19 de junio, disposición
que desde un principio fue cuestionada por el propio Gobierno Central
del Estado Español, aunque no impugnada.
La aplicación de esta discriminación es contraria a la Directiva
199/70/CE del Consejo, de 28 de Junio de 1999, relativa al Acuerdo marco
de la CES, la UNICE y el CEEP, sobre el trabajo de duración
determinada, cláusula 4).
De hecho, el Gobierno de España ya tiene condenas del Tribunal de
Justicia de las Comunidades Europeas por este motivo, en concreto en
2007 y en 2010.
Esta práctica discriminatoria no sólo se está produciendo en
Andalucía, sino que también se produce en otras Comunidades Autónomas
del Estado Español, tales como Cataluña y Canarias, dónde además la
reducción llega a ser de hasta el 30% en algunos casos.
Lo que se le comunica a los efectos oportunos, sirviendo el presente documento a tales fines.
En Cádiz, a 29 de Octubre de 2013.
1.-La discriminación produce que los trabajadores que no tienen la condición de fijos; es decir,
- A) Laborales Temporales, que son quienes no habiendo superado
ninguna Oferta de Empleo Público (OEP) para el acceso a la condición de
laboral fijo, han formado parte de las Bolsas de Trabajo creadas tras la
incorporación de los “ganadores” de tal condición, por lo habitual en
Concurso de Méritos.
También son quienes, en ausencia de aspirantes de las Bolsas de
Trabajo, de los diversos Gurpos y Categorías Profesionales, han accedido
al empleo en la Junta de Andalucía por oferta genérica al SAE, y
superan una Comisión de Selección.
También lo son quienes, aun habiendo aspirantes en las Bolsas de
Trabajo, acceden a la cobertura de puestos por prejubilación, al 50% o
75% (en función del momento y la legislación que está cambiando), por
oferta genérica al SAE, y superan una Comisión de Valoración.
- B) Laborales Indefinidos, son quienes han adquirido tal condición
por sentencia judicial, y no por una OEP. No son Laborales Fijos, y
aunque no tienen su plaza en “propiedad”, en la práctica no sacan a
ocupar las plazas que ocupan, para el Acceso o el traslado de Laborales
Fijos.
- C) Funcionarios Interinos, son quienes habiendo aprobado una
Oposición, no han conseguido plaza, y se incorporan para la cobertura
temporal, hasta la ocupación con carácter definitivo de un Funcionario
de Carrera, ya sea por Acceso o por Traslado. (Muy parecido a la
situación del Laboral Temporal)
2.- Y consiste en una reducción del 10% sobre su jornada laboral, salarios y cotización a la Seguridad Social.
Hay que decir que con la entrada en vigor del Decreto-Ley 1/2012 de
19 de junio, la jornada laboral en la Junta de Andalucía pasó de las 35
horas semanales a las 37:30 horas semanales, sin aumento salarial, por
lo que en realidad la reducción de jornada no tuvo el mismo impacto que
la de salario.
¡Nunca llegamos a estar con las 37:30 horas!, la reducción de jornada es hipotética, o ficticia, la de salario, muy real.
3.-La norma que faculta esta discriminación, y sobre la que
planteamos nuestra petición, es el Decreto-Ley 1/2012 de 19 de junio,
disposición que desde un principio fue cuestionada por el propio
Gobierno Central del Estado Español, aunque no impugnada.
La aplicación de esta discriminación es contraria a la Directiva
199/70/CE del Consejo, de 28 de Junio de 1999, relativa al Acuerdo marco
de la CES, la UNICE y el CEEP, sobre el trabajo de duración
determinada, cláusula 4).
De hecho, el Gobierno de España ya tiene condenas del Tribunal de
Justicia de las Comunidades Europeas por este motivo, en concreto en
2007 y en 2010.
LA CONCILIACIÓN CON TESTO TERMINA SIN ACUERDO Y CON LA
AMENAZA DE UNA QUERELLA CRIMINAL. Por Coordinadora Obrera Sindical bajo
Maresme
El miércoles 11 de marzo, se ha celebrado el acto de conciliación
entre el trabajador despedido, la COS y Testo Industrial Services en el
juzgado de primera instancia número 5 de Mataró, y ha acabado sin
acuerdo.
El caso se remonta a la primavera de 2014, cuando el trabajador fue elegido por sus compañeros como delegado de empresa.
Debido a ello sufrió un proceso de acoso por parte de TESTO que acabó
con su despido. TESTO pedía 10.000 euros al trabajador y la COS en
concepto de daños y perjuicios por la campaña de apoyo al trabajador,
que dice perjudicar la imagen de la empresa
http://www.sindicatcos.cat/index.php/territorials/maresme/item/2508-testo-assetja-fins-i-tot-despres-d-acomiadar-els-treballadors
Recordemos el caso: nuestro compañero fue perseguido, expedientado y
finalmente despedido después de su elección como delegado sindical por
los trabajadores de la empresa en Cabrils.
TESTO ha retirado la petición de 10.000 euros y sólo exigió la
rectificación pública de la COS respecto la acusación de acoso laboral.
Ante esta situación, tanto el trabajador como la CUERPO nos hemos negado
rotundamente a rectificar y la conciliación se ha acabado sin acuerdo.
Ahora la empresa amenaza de presentar la querella criminal contra
nosotros.
Esta actitud demuestra que esta petición sólo era un intento de
intimidar al trabajador y la COS. Un intento de coartar la libertad
sindical y la defensa de los derechos de los trabajadores. Estas
demandas tienen el objetivo prioritario de desincentivar cualquier
movilización o protesta por parte por los trabajadores. Por eso mismo
nos hemos negado a rectificar lo que denunciamos, tanto públicamente
como en los tribunales: TESTO sitió y actuar contra la libertad de
representación sindical. Nosotros no vamos a pagar y no rectificaremos
lo que es cierto. No daremos ni un paso atrás en la defensa de nuestros
derechos.
La lucha es el único camino.
COMUNICADO DEL SINDICATO DE SANIDAD DE LA FEDERACIÓN
INTERCOMARCAL CGT TARRAGONA EN REFERENCIA AL ÚLTIMO ACUERDO FIRMADO EN
LA RED SANTA TECLA
Tarragona, a 12 de marzo de 2015
El pasado día 9 de marzo, la empresa llegaba a un acuerdo con los
sindicatos CCOO, UGT, Médicos de Cataluña y SATSE a espaldas de los
trabajadores. Este acuerdo supone perpetuar los recortes que sufren los
trabajadores de la Red Santa Tecla desde 2010, materializados mediantes
pactos firmados por los sindicatos presentes en el Comité de Empresa a
excepción de CGT a través del artículo 41 del Estatuto de los
Trabajadores.
El 9 de febrero de 2015 el Consejo de Dirección del CatSalut afirma
que se prevé un aumento de las tarifas en la sanidad concertada (a la
que pertenece la Red Santa Tecla) de un 3.6%. Sin la dirección de la Red
sigue utilizando el chantaje para obligar a los trabajadores a elegir
entre rebajar salarios, renunciar a derechos o mantener el puesto de
trabajo.
Es de esta manera que la poderosa Red Santa Tecla, que cada día crece
en poder en la sanidad pública catalana, esconde que tiene a sus
trabajadores como los grandes accionistas a través del continuo
retroceso que les viene sometiendo.
Desde el Sindicato de la Sanidad de la Federación Intercomarcal de
Tarragona CGT denunciamos la política de coacción del Sr. Adserà y la
sumisión de los sindicatos del sistema.
EL COMITÉ DE EVEREST ESPERA UNA LARGA HUELGA Y SUMAN YA CINCO NÓMINAS SIN COBRAR
León
Según informa www.finanzas.com, el comité de empresa de los
trabajadores de la editorial leonesa Grupo Everest prevé una huelga de
“muchos días”, después de que se haya sumado la nómina de febrero a la
deuda de la compañía con los empleados, con quienes se ha “roto” la
negociación.
El Comité de Everest espera una larga huelga y suman ya cinco nóminas
sin cobrar El presidente del comité, Enrique Reguero, ha recordado en
declaraciones a los periodistas en una concentración de protesta en la
que han participado más de cien personas, que ya se les debe las nóminas
de diciembre, enero y febrero, así como dos pagas extraordinarias
correspondientes a 2014.
Por eso, y por la puesta en marcha de ERE temporal para 120 de los
320 trabajadores de la plantilla, los empleados han anunciado una
convocatoria de huelga, después de que un defecto de forma en la
solicitud impidiera que esta medida se llevara a cabo, tal y como estaba
previsto.
Para evitar que la convocatoria pudiera considerarse ilegal, los
empleados decidieron, de momento, “dar un paso atrás” por “temor a las
represalias”.
Por eso, se ha creado un fondo de resistencia en el que se pide la
colaboración económica de los leoneses para que los trabajadores y sus
familias puedan afrontar esta situación que parece no tener una solución
próxima.
Más aún cuando la negociación con la dirección de Everest, que además
de los impagos ha puesto en marcha un ERE temporal para 120 de los 320
empleados, está “rota”.
“No se nos escucha. Hemos solicitado reuniones y no se nos recibe, ni
siquiera la Junta, que está saliendo de rositas”, ha lamentado Reguero,
que ha insistido en la necesidad de que tanto la compañía como la
administración autonómica “se pongan a trabajar” para solucionar el
conflicto laboral y la crisis de Grupo Everest.
Esa falta de comunicación también está impidiendo a los trabajadores
conocer en qué punto se encuentra la negociación entre la dirección de
Everest y la Junta de Castilla y León para la concesión, a través de
fondos europeos, de un crédito de 3,2 millones de euros para darle
liquidez a la empresa.
La administración autonómica ya ha autorizado el pago, pero eso sí, a
cambio de una serie de “garantías” que hasta el momento se desconoce si
la empresa ha presentado.
NO AL CIERRE DE BOSAL
230 puestos de trabajo pueden desaparecer en Bosal por el capricho de
la multinacional de no asignar carga de trabajo hasta dejar morir la
planta de Sagunt
Página “NO AL CIERRE DE BOSAL” en Facebook ->
https://es-es.facebook.com/noalcierrebosal
Ver Video -> https://www.youtube.com/watch?feature=player_detailpage&v=NH-FJOnOGtw
LOS TRABAJADORES DE ADOLFO DOMÍNGUEZ EN ORENSE RECLAMAN INFORMACIÓN A LA EMPRESA POR LOS DESPIDOS
Los trabajadores de Adolfo Domínguez en Orense reclaman información a
la empresa sobre su futuro. El comité de empresa de la compañía ha
acordado un calendario de movilizaciones y ha decidido solicitar una
reunión con la dirección ante la decisión de despedir a 16 empleados y
trasladar ciertos departamentos a Madrid.
Los sindicatos CCOO, UGT y CIG acusan a la compañía en un comunicado
conjunto de no dar información de la situación real económica de la
empresa ni de las próximas medidas que piensa tomar, incluso después de
denunciarles ante la Inspección de Trabajo.
La compañía aseguró que ha puesto en marcha un plan de
reestructuración que tiene como objetivo mejorar el modelo de gestión y
que implica reducir costes, adecuar la red de tiendas y potenciar la
inversión en la expansión internacional. Según la empresa, “este proceso
ha obligado a la compañía a llevar ajustes de personal que han afectado
a servicios centrales”.
Los últimos despidos que ha llevado a cabo Adolfo Domínguez se suman
al recorte de plantilla que la empresa efectuó el año pasado y que
afectó a otros cuarenta empleados, alegando también motivos económicos.
La compañía gallega finalizó los nueve primeros meses del ejercicio
(cerrado el pasado 30 de noviembre) con unos números rojos de 10,29
millones de euros, lo que supone un alza del 8,4% respecto a las
pérdidas del mismo periodo del año anterior. Adolfo Domínguez redujo sus
ventas en este periodo un 8,3%, hasta 81 millones de euros.
LA HUELGA EN EL METRO DE VALENCIA BLOQUEARÁ LA MASCLETÁ Y LOS CASTILLOS DEL DÍA 15 AL 19 DE MARZO
La consellera de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente,
Isabel Bonig, ha pedido “responsabilidad” a los sindicatos de
Ferrocarrils de la Generalitat Valenciana (FGV) ante los paros
convocados durante las Fallas, que afectarán a la mascletà y a los
castillos artificiales en los días clave de las fiestas. Asimismo, les
ha advertido de que “aumentar el salario en estos momentos no cabe”.
En concreto, durante Fallas han convocado paros parciales el domingo
15, de 12.30 a 15.00 horas; el miércoles 17, de 12.30 a 15.00 horas y de
23.00 a 24.00 horas; el jueves 18, de 0.00 a 3.00 horas, de 12.30 a
15.00 horas y de 23.30 a 24.00 horas; y el viernes 19, de 0.00 a 3.30
horas y de 12.30 a 15.00 horas. Además, el 25 de marzo y el 1 de abril
pararán de 10.00 a 13.00 horas.
La titular de Infraestructuras ha exigido “responsabilidad” a los
sindicatos y ha criticado que tanto en 2007 como en 2011 “aprovecharon
precisamente las fiestas de Fallas, que es cuando más gente utiliza el
transporte público, y precisamente año electoral para hacer huelga”.
Isabel Bonig ha asegurado que desde su departamento se comprometen a
mantener las condiciones laborales hasta el 31 de diciembre de 2015 y
están “dispuestos a negociar”, aunque “con dos limitaciones
importantes”. En esta línea, ha indicado que no se puede cumplir la
reivindicación de los sindicatos de “recobrar una serie de liberados
sindicales” porque “hay un informe en contra de la Abogacía de la
Generalitat”.
Por otro lado, ha advertido que desde el Consell no van a “negociar
una subida laboral”. “Aumentar el salario en estos momentos no cabe y
estamos limitado por la ley de presupuestos, no me la puedo saltar”, ha
manifestado.
Bonig ha recordado que se hizo un Expediente de Regulación de Empleo
(ERE) en FGV que “acabó con el acuerdo de todos los sindicatos
mayoritarios” y supuso “un esfuerzo por parte de la empresa y de los
trabajadores”, ha reconocido.
LAS TRABAJADORAS DE LA LIMPIEZA DE SABADELL COMIENZAN LA LUCHA POR LA MUNICIPALIZACIÓN DEL SERVICIO
El Ayuntamiento de Sabadell aprueba dividir el servicio de limpieza en tres empresas.
La limpieza de equipamientos públicos en Sabadell es un servicio
municipal externalizado hasta ahora en la empresa Ingesan. Las
trabajadoras de este servicio son casi exclusivamente mujeres que
trabajan con contratos de media jornada y unos sueldos en torno a los
500 euros.
El empeoramiento de las condiciones de trabajo, materializado entre
otros hechos en la no cobertura de bajas por enfermedad y las propuestas
de reducción de jornada de la empresa, llevaron el año pasado al Comité
de Empresa, donde CGT tiene mayoría, a romper negociaciones con la
dirección.
Las trabajadoras iniciaron una serie de movilizaciones después de lo
cual el teniente de alcalde del Ayuntamiento, Josep Ayuso, se
comprometió a reunirse con ellas. Según fuentes del Comité, después de
ocho meses esta reunión aún no se ha producido.
El pasado martes 3 de marzo el Ayuntamiento aprobó la clasificación
de las ofertas recibidas en el nuevo concurso del servicio de limpieza
de equipamientos públicos, este concurso divide la gestión en tres
empresas diferentes una de las cuales sigue siendo Ingesan. En este
proceso, una trabajadora de la sección sindical de CGT ha sido despedida
y a pesar de haber ganado un juicio contra la empresa, por el momento
ha perdido su trabajo.
María Helena, presidenta del Comité de Empresa, ve en esta partición
“una estrategia para dividir las trabajadoras, para restar fuerzas a la
plantilla”. “Curiosamente, en la asignación de trabajo, Ingesan ha
quedado sin ninguna trabajadora afiliada a CGT” ha declarado a este
medio.
Carta de las trabajadoras en el Pleno del Ayuntamiento
En el Pleno municipal donde se discutió el trámite, las trabajadoras
se concentraron ante el Ayuntamiento coincidiendo con otras protestas
contra el consistorio, como la de las trabajadoras del Taulí en defensa
de la sanidad pública.
Una representante de la plantilla de Ingesan leyó una carta dirigida
al Pleno donde se denunciaba el constante incumplimiento de condiciones
por parte de la empresa, el despido de la trabajadora así como los
constantes cambios de lugar y de horario laboral que generan
“inseguridad” en la plantilla.
En la carta también afirmaban que la división del servicio de
limpieza supondría un encarecimiento y una reducción de la calidad y
emplazaban a las formaciones políticas del ayuntamiento a velar para que
se cumpliera el pliego de condiciones.
La intervención recibió el apoyo de EUiA y Entesa Por Sabadell que
votaron contra la propuesta del ayuntamiento, mientras que PP y CIU
apoyaron la propuesta presentada por el equipo de gobierno del PSC.
Virginia Domínguez, concejala de Entesa puso en duda el sistema de
clasificación de las ofertas propuesto por el ayuntamiento: “Ingesan ha
incumplido sistemáticamente muchas de las cláusulas del pliego de
condiciones y aun así en el concurso público ha obtenido una nota muy
elevada”.
La concejala se mostró partidaria de remunicipalizar la limpieza de
equipamientos públicos. A su entender, lo que debe ser prioritario es la
calidad del servicio ofrecido a la ciudadanía y que las trabajadoras
cuenten con unas condiciones laborales dignas: “remunicipalizando el
servicio podríamos abaratar costos y al mismo tiempo ganar en calidad de
los puestos de trabajo y en calidad del servicio de limpieza de
equipamientos, ya que tendríamos un control más directo sobre la gestión
“. “Actualmente las empresas concesionarias hacen lo que quieren”
declaró.
En respuesta a algunas voces que desde el consistorio alertan de los
problemas de municipalizar servicios, Domínguez ha declarado que se
trata de un trámite fácil, ya que en este caso “el ayuntamiento
prácticamente no debería hacer inversión”. Además ha citado el caso de
Arenys de Munt donde se municipalizar los servicios de limpieza con
éxito y otras ciudades europeas donde la municipalización de servicios
ha sido según ella “muy positiva”.
Municipalización de los servicios de limpieza de equipamientos públicos
La municipalización del servicio de limpieza de equipamientos
públicos es una reivindicación compartida con las trabajadoras de
Ingesan que han iniciado una campaña de recogida de firmas y han
anunciado nuevas movilizaciones. Recogiendo las reivindicaciones de las
trabajadoras, la CGT de Sabadell tiene previsto una campaña pública para
la municipalización de este servicio contando con otros agentes
sociales de la ciudad.
CONVOCAN MANIFESTACIÓN EN MERIDIANO CONTRA LOS DESPIDOS EN LA PLANTILLA DE AUXILIARES DE OMBUDS
SB-Noticias.- Fernando Torres, portavoz de los trabajadores, explicó
que CCOO ha decidido llamar a la plantilla de la nueva adjudicataria del
servicio de auxiliares del Centro Comercial Meridiano, OMBUDS, a
movilizarse, a partir del día 16 de marzo, en señal de protesta ante lo
injustificado de sus despidos concentrándose y manifestándose frente a
las instalaciones del Centro.
Como el pasado 1 de marzo, coincidiendo con un cambio de titularidad
en la concesión del servicio, OMBUDS incumplió con sus obligaciones
hacia la plantilla, que hasta ese momento prestaban sus tareas con total
normalidad con la anterior empresa, PROTECCIÓN CASTELLANA, desoyendo lo
estipulado en el art. 44 del Estatuto de los Trabajadores (Consecución
de Empresas) que la obliga a subrogar a todo el colectivo, respetando
los derechos y obligaciones que hasta ese momento venían disfrutando.
La Gerencia del Centro, administrada por la mercantil KLÉPIERRE, a
quien se le ha informado de todo lo acontecido a través de los propios
trabajadores, ha hecho oídos sordos sobre lo sucedido, incumpliendo su
compromiso de reunirse con la Dirección de OMBUDS y dar una respuesta a
lo que está ocurriendo, hecho que también ocurre con la nueva
prestataria del servicio, a quien se le ha requerido en dos ocasiones
para que corrigiera la situación creada por ella misma.
Para CCOO los despidos de la plantilla sólo se debe a puros
intereses, puesto que la misma tiene adquiridos derechos económicos y
laborales conquistados en los juzgados, que junto a sus antigüedades,
resulta incómodo e inasumible a la horas de presentar un presupuesto
atractivo con el que arrebatar a la competencia, como así ha sucedido,
la concesión del contrato de servicios.
Junto a esta medida y como había adelantado, CCOO, ha iniciado una
serie de acciones legales, remitiendo a su gabinete jurídico a los
compañeros despedidos bajo el objeto de demandar a las partes implicadas
en este suceso, entre las que se encuentra la adjudicataria del
servicio (KLÉPIERRE) al ser responsable subsidiario, según estipula el
citado Estatuto de los Trabajadores.
ELA EXIGE AL GOBIERNO VASCO EL PAGO ÍNTEGRO DE LA PAGA SUPRIMIDA EN EL 2012
Mientras la Diputación Foral de Gipuzkoa y Bizakia y más de 50
ayuntamientos entre ellos el ayuntamiento de Bilbao y Donostia, han
abonado toda la paga extra, el Gobierno Vasco solo abonará el 25 %.
El Gobierno Vasco anunció que abonará el 25 % de la paga extra
recortada en el año 2012 a los trabajadores/as de la administración de
la CAPV. Desde el sindicato ELA manifestamos que esta decisión demuestra
una vez más que el Gobierno Vasco comparte las políticas del Gobierno
de Mariano Rajoy, y sigue a rajatabla las directrices que marca el
Gobierno del Estado. Una vez más Rajoy decide y el Gobierno de Urkullu
cumple.
Para ELA la decisión del Gobierno de abonar ese 25 % de la paga extra
a los trabajadores/as de la administración de la CAPV es
discriminatoria y perjudica a este colectivo; ya que otras instituciones
de la CAPV como la Diputación Foral de Bizkaia, la Diputación Foral de
Gipuzkoa, y más de 50 ayuntamientos entre otros, los de Bilbao y
Donostia, han abonado de manera íntegra la paga extra recortada del año
2012 .
A esta discriminación en el abono de la paga extra hay que sumarle la
congelación salarial de los últimos años, mientras en otras
instituciones, como por ejemplo, la Diputación Foral de Bizkaia y
Gipuzkoa han tenido subida salarial tanto en el año 2014 como en el
2015.
Esta situación se repite con las EPSV. Mientras en la administración
local y foral prácticamente todas las instituciones incluidas las
gobernadas por el PP, están realizando las aportaciones a la EPSV
Elkarkidetza, el Gobierno Vasco se niega a realizar las aportaciones a
Itzarri.
Desde ELA estas decisiones no dejan lugar a dudas, el Gobierno de
Urkullu comparte a pies juntillas con Rajoy, las políticas que traen
consigo la destrucción de empleo, la reducción salarial y el ataque a
los servicios públicos, y para ello pone como excusa la inseguridad
jurídica.
Desde ELA exigimos al Gobierno Vasco que en el mes de abril abone la
totalidad de la paga extra recortada en el año 2012, que no se escude en
cuestiones legales o jurídicas que para otras instituciones no existen y
que cambie de raíz las políticas de destrucción de empleo, de reducción
salarial y el ataque a los servicios públicos.
Para ello ELA seguirá movilizándose con el fin de cambiar estas
políticas, para que el Gobierno Vasco de pasos en la recuperación del
empleo perdido, las 35 horas y la recuperación del poder adquisitivo
perdido.
EL COMITÉ DE POVISA DENUNCIA ANTE LA XUNTA PROBLEMAS DE PERSONAL EN EL HOSPITAL
Una representación del comité de empresa de Povisa ha trasladado a la
delegada de la Xunta, María José Bravo Bosch, sus denuncias sobre los
incumplimientos de la dirección del hospital en materia de ratios de
personal y calidad asistencial, y han reclamado una «intervención
urgente» del Gobierno gallego y del Sergas, dado que hay tres
trabajadores en huelga de hambre desde el martes, para exigir que se
retiren los 13 despidos anunciados por la empresa.
La portavoz del comité, Ruth Vallejo, ha explicado que los
representantes de los trabajadores han mantenido un encuentro con la
delegada de la Xunta, en el que también ha estado presente el jefe de
Inspección de Trabajo, José María Casas de Ron, así como responsables de
Relacións Laborais y del Sergas.
Vallejo ha señalado que les han entregado documentación que demuestra
que Povisa no cumple los términos del nuevo concierto, que se están
planteando 13 despidos cuando se ha contratado a más de un centenar de
personas desde principios de año, y que «ahora mismo el hospital es un
caos».
Huelga de hambre
La portavoz del comité ha reclamado una «intervención urgente» de la
administración, porque el tiempo juega en contra de los trabajadores,
especialmente de los tres que están en huelga de hambre. «Esta huelga es
nuestro último cartucho, y no se va a parar hasta que la empresa retire
los 13 despidos», ha apostillado.
Según sus palabras, la delegada de la Xunta les ha asegurado que
«desconocía muchas de las situaciones denunciadas», y les ha prometido
que mantendrá una reunión con la dirección del hospital para buscar una
salida al conflicto. En cualquier caso, la empresa aún no ha dado un
paso al frente para negociar un acuerdo que ponga fin a la protesta
(aunque el consejero delegado, José Bernardo Silveira, se interesó por
el estado de los huelguistas).
Suspendidas intervenciones
Según ha explicado Vallejo, han tenido que suspenderse intervenciones
por falta de personal en el departamento de archivo clínico, ya que las
tres personas que van a ser despedidas están de baja y el cuatro
operario tiene responsabilidades sindicales. «Y no había gente para
escanear las historias clínicas. Esto demuestra que esos trabajadores no
sobran, que hacen falta», ha insistido.
Los empleados en ayuno son la presidenta del comité, Chus Neira; la
delegada de CIG, Carmen Souto; y el delegado de SGPS, Eduardo Davila.
Los tres permanecen en el interior del hospital Povisa, «con el ánimo
más decaído, algo cansados y con dolor de cabeza», y están siendo
sometidos a controles analíticos periódicamente.
CC.OO. AVANZA SU INTENCIÓN DE RECURRIR EN LOS TRIBUNALES EL ERE DE LA UPM QUE AFECTA A 69 TRABAJADORES READMITIDOS
CC.OO. de Madrid ha avanzado que volverá a recurrir en los tribunales
el Expediente de Regulación de Empleo (ERE) de la Universidad
Politécnica de Madrid (UPM) que a los empleados que ya fueron
“despedidos” y luego readmitidos por una sentencia del Tribunal Supremo.
En un comunicado, el sindicato detalla que emprenderá acciones
legales una vez se cumplan los plazos legalmente establecidos para la
comunicación del resultado del período de consultas a la autoridad
laboral y a la Comunidad de Madrid, y la universidad proceda a la
comunicación del mismo a la representación de los trabajadores
confirmando que “opta por el despido”.
La UPM dio por cerrado el período de consultas del procedimiento de
despido colectivo manteniendo la que era su decisión inicial, es decir,
el despido de 69 empleados.
Por su parte, el rector de la Universidad Politécnica, Carlos Conde,
ha lamentado en un comunicado que la parte social de la negociación del
Expediente de Regulación de Empleo (ERE) que afecta a 69 trabajadores
del centro no haya aceptado su “propuesta final de medidas abierta,
voluntaria y generosa”.
En un comunicado, se recuerda que el periodo de negociaciones
concluyó sin acuerdo, pese a que el rector confiaba en alcanzarlo “para
reducir al máximo el número de personas afectadas por el despido
colectivo”, ya que la propuesta habría beneficiado tanto a los 69
afectados por el ERE como a las 301 personas despedidas tras el acuerdo
del Consejo de Gobierno de 9 de marzo de 2013.
Así, la propuesta presentada por la universidad ofrecía a los
afectados por el ERE la cobertura de diez plazas vacantes de PAS
laboral; la incentivación de las jubilaciones parciales, que pasarían a
cubrir los trabajadores ahora despedidos; y la mejora de las condiciones
indemnizatorias de los despedidos.
5ª REUNIÓN DEL PERIODO DE CONSULTAS SOBRE MODIFICACIÓN DE LAS
CONDICIONERS DE TRABAJO EN TRAGSATEC. Por Sec. Sind. CGT Tragsatec
Andalucía
El día 9 de marzo de 2015, se celebró la cuarta reunión del período
de consultas para la Modificación Sustancial de Condiciones de Trabajo
(MSCT) en las asistencias técnicas de la Dirección General de Fondos
Agrarios (DGFA).
La reunión comenzó con la aportación de la Representación de los
Trabajadores (RT) de 3 propuestas a la última planteada por la
Representación de la Dirección (RD) el día 5 de marzo, que fueron las
siguientes:
Por parte de CCOO y UGT:
Abrir un proceso de traslados y desplazamientos voluntarios, dándoles
la oportunidad a los trabajadores de recuperar sus 40 horas y limitando
los desplazamientos en el tiempo (sabiendo cuanto tiempo va a estar
desplazada 30, 60, 90 días).
Una vez vista la aceptación voluntaria de esta medida, accediendo a
aplicar como máximo reducción y salario de la jornada de 36 horas
semanales, desde el 1 de abril de 2015 hasta el 29 de abril de 2016 y
37,5 para 58 trabajadores con menos de 20000 Euros brutos/año.
Si las bajas (reducción jornadas, traslados, excedencias voluntarias)
superan por tramos de 10 trabajadores, se incrementa la jornada por
cada 10 trabajadores en 0,30 minutos la jornada semanal (10 bajas 36,5,
20 bajas 37 horas de jornada, 30 bajas 37,5 horas de jornada).
Reducción voluntaria de jornada y salario con reconocimiento de
compatibilidad para el ejercicio de la actividad privada con un máximo
de 18 horas según establece la Ley.
Mantener el cálculo de las indemnizaciones legales en base al salario
correspondiente a la jornada de 40 horas semanales mientras dure la
aplicación de modificación sustancial y como máximo hasta el 31 de
diciembre de 2016.
Excedencias voluntarias con reserva del puesto de trabajo y ofrecimiento de 3000 euros para formación por año.
Por parte de CSIF:
Establecer bajas incentivadas de modo voluntario al conjunto de los
trabajadores, por lo que pedimos a la empresa que dé, al menos, 33 días
por despido por bajas voluntarias.
La posibilidad de movilidad geográfica voluntaria en las vacantes por traslados.
La reducción de jornada temporal, acompañada de la liberación de compromiso de incompatibilidad.
La excedencia voluntaria con reserva de puesto de trabajo (esto ya ha
sido propuesto por la empresa), aunque debe quedar firmado de modo muy
claro para verificar que luego se cumpla. Añadiendo la empresa hasta
3000 euros/año para formación del trabajador, siempre que se justifique
durante esos 2 años.
Inclusión en Encomiendas existentes en la UT5 con necesidad de personal.
Favorecer intercambio voluntario de puestos de trabajo de las mismas categorías entre el personal de distintas provincias.
Si de modo voluntario se acogen un número importante de trabajadores, el resto podría trabajar las 40 horas completas.
Dar 10 días para que los trabajadores se adscriban voluntariamente a cualquiera de las propuestas.
Por parte de CGT:
– Restaurar la jornada laboral de 40 horas semanales y salario
correspondiente, adoptando las siguientes medidas que permitan reducir
los costes a la empresa:
– Excedencias voluntarias con garantías de retorno.
– Reducción de jornada con compatibilidad en el sector privado.
– Un plan de jubilaciones parciales.
– Flexibilidad horaria con posibilidad de eliminación del ticket comida.
– Alquiler de oficinas cercanas y baratas a las Delegaciones y Consejería que reduzca los gastos por desplazamiento y locales.
– Realizar una propuesta conjunta (RD y RT) a la Junta de Andalucía
solicitando que el dinero que se ha ahorrado en concepto de IVA revierta
en restablecer la jornada ordinaria de 40 horas.
Se planteó por parte de CCOO y UGT que se iba a hacer una Asamblea
para contar con la opinión de los trabajadores y que según esto
decidirían qué hacer, a lo que la RD respondió que sería conveniente que
CCOO y UGT explicaran la decisión de seguir con esta propuesta o con la
que les dieran para saber lo que tenían sobre la mesa.
Se consideró oportuno saber qué opinaba la RD de esta propuesta y tras un receso la RD expuso la valoración de las 3 propuestas:
Se descartó por parte de la RD las propuestas de CGT y CSIF, ya que
no puede asumir la reducción de 37,5 ni 40 horas, valorando el esfuerzo
de medidas planteadas por los sindicatos y estudiando la de CCOO y UGT,
mantuvo una nueva propuesta:
– Aplicar reducción de jornada y salario de 36 horas semanales para
los trabajadores que perciban más de 20.000€ brutos anuales y 37,5 horas
semanales para los trabajadores que perciban menos de 20.000€ brutos
anuales.
Todo esto con la condición de que se efectúen 3 salidas de personal
por las 3 vías (traslados, excedencias y reducción de jornada) u
ofrecimiento de que todo el colectivo tenga 3 días de permiso sin
retribución.
Y como medidas complementarias a esta reducción:
– En las medidas de movilidad geográfica, descartan los
desplazamientos porque suponen costes y en su lugar se proponen
traslados voluntarios en Murcia o Valencia.
– Excedencias voluntarias con reserva del puesto de trabajo hasta 2
años máximo con ofrecimiento de financiación de hasta 3000 € por cada
año para formación.
– Reducciones voluntarias de la jornada de trabajo siempre que se
garantice la viabilidad del proyecto, sin necesidad de explicar el
motivo de la reducción, la empresa tramitaría este tema con Hacienda.
– Extinción del contrato de forma voluntaria con indemnizaciones de 22 días con un máximo de 12 mensualidades.
Por todo esto, desde esta Sección Sindical se anima a los
trabajadores a que acudan a las correspondientes Asambleas que se van a
efectuar en sus respectivos centros de trabajo para exponer su opinión y
realizar una votación al respecto.
¡¡DEFIENDE TU PUESTO DE TRABAJO Y TUS DERECHOS!!
¡¡POR EL REPARTO DEL TRABAJO Y LA RIQUEZA!!
¡¡SI NOS TOCAN A UN@ NOS TOCAN A TOD@S!!
Granada, 10 de marzo de 2015
Sección Sindical Territorial CGT Tragsatec Andalucía
HUELGA DE LIMPIEZA EN LA ESTACIÓN NORTE DE VALENCIA DURANTE LAS FALLAS
UGT ha convocado una huelga de seis días, a partir del próximo día
15, en los servicios de limpieza de la Estación del Norte de Valencia
por considerar que la empresa Concentra incumple de forma reiterada el
convenio colectivo.
La huelga está convocada desde las doce de la noche del 15 de marzo
hasta la medianoche del día 21, por lo que afectará a todas las fiestas
falleras, según ha informado UGT en un comunicado.
Según UGT, Concentra, actual concesionaria de Adif para la limpieza y
el acondicionamiento de la Estación del Norte de Valencia, tiene “una
continuada falta de interés” en el cumplimiento 63 del convenio sobre
dotación de prendas de trabajo y de diversos aspectos de la Ley de
Prevención de Riesgos Laborales, y “se retrasa habitualmente” en el pago
de los salarios.
El sindicato afirma que no ha existido ningún movimiento de
acercamiento por parte de la empresa, ni posibilidad de acuerdo en el
Tribunal de Arbitraje Laboral.
Los trabajadores afectados “lamentan profundamente” las molestias y
perjuicios que esta huelga pueda ocasionar tanto a los usuarios como a
la empresa Adif.
La huelga, añaden las fuentes, “no obedece sino a la desidia” de la
empresa Concentra Servicios y Mantenimiento, cuya concesión finaliza en
próximos días.
LOS SINDICATOS CONVOCAN HUELGA EN LOS PARQUES DE BOMBEROS DE GESTIÓN INDIRECTA EN GALICIA
A Coruña – Europa Press
Lo vinculan con el “fracaso de las negociaciones” respecto al convenio del sector
Los sindicatos UGT, CCOO, SIB-GAL y CIG han convocado huelga a partir
del 18 de marzo en los parques comarcales de bomberos de gestión
indirecta por “el fracaso de las negociaciones” para un convenio en el
sector, según informan.
En un comunicado, la Mesa Intersindical entiende que “el camino pasa
necesariamente por mantener una postura firme para lograr aquellos
propósitos que ya deberían ser atendidos por ley”, añade sobre el texto
que regula las emergencias de Galicia.
Después de que el pasado 18 de noviembre se retomaran las
negociaciones, en enero los sindicatos desconvocaron la huelga que
mantenían desde hacía 500 días. Finalmente, en las negociaciones, los
sindicatos plantearon a las empresas como fecha límite para firmar el
texto sobre el convenio el 3 de marzo. Negociaciones terminadas
En su comunicado, aseguran que, de las últimas propuestas de las
empresas, “la mayor parte podían ser tratadas”, pero añaden que se les
aseguró, por parte de la patronal, que cuestiones como las
equiparaciones salariales o el futuro de los trabajadores con segunda
actividad “eran cosas que no dependían de ellos”.
“Por tanto, y siendo esos puntos cruciales para la firma del
convenio, desde la parte sindical dimos por terminadas las
negociaciones”, añaden tras la presentación del preaviso de huelga, que
será efectiva desde el 18 de marzo, a partir de la medianoche.
DECLARADA NULA LA CLÁUSULA POR LA QUE EL METRO DE BARCELONA EXCLUYE DEL ÁMBITO DEL CONVENIO A UNA PARTE DE LA PLANTILLA
Sección Sindical CGT Metro de Barcelona
La práctica empresarial de contratar personal fuera de convenio, de
modo que no pueda beneficiarse de las medidas acordadas con los
sindicatos, vulnera el derecho a la libertad sindical que recoge el
artículo 28.1 de la Constitución.
Una sentencia del juzgado social 19 de Barcelona declara nula la
cláusula que el Metro de Barcelona (Ferrocarril Metropolitano de
Barcelona SA) ha incluido en los contratos de 325 trabajadores (el 10%
de los 3.608 trabajadores de la empresa) para excluir ‘ los del ámbito
de aplicación del convenio colectivo, tanto del vigente en el momento
que se formalizaron los contratos, como de todos aquellos que puedan
suscribirse en el futuro.
Esta práctica empresarial, que el Metro lleva a cabo desde hace 20
años, según recoge la sentencia, afecta tanto a personal de alta
dirección como directivos, mandos intermedios o a otras categorías
laborales, por lo que en la plantilla del Metro existen trabajadores las
condiciones salariales de los cuales y de organización laboral escapan
del control sindical y de lo estipulado en el convenio.
La sentencia, dictada tras una demanda interpuesta por la CGT, obliga
a la empresa a facilitar a los representantes sindicales toda la
información referida a este grupo de trabajadores, denominados
“colectivo DYT” (de directivos y técnicos), que forman parte del censo
electoral de la empresa y, por tanto, pueden votar en las elecciones
sindicales, pero que, paradójicamente, no pueden ser defendidos por los
representantes que han elegido.
De los 325 trabajadores del “colectivo DYT” o “fuera de convenio”, un
número irrisorio, alrededor del 2% ocupa puestos de alta dirección o
consejo, mientras que el resto ocupa trabajos en categorías
profesionales que ya están reconocidas en el convenio y, por tanto,
tienen condiciones laborales pactadas con los representantes sindicales.
La sentencia considera que se ajusta a “la lógica” que los puestos de
alta dirección o consejo tengan una regulación específica, pero obliga a
la empresa a incluir en convenio al resto del “colectivo DYT”, al
sostener que “la práctica empresarial de excluir del ámbito de
aplicación de convenios vigentes y futuros al personal DYT ‘que no ocupe
cargos o funciones de alta dirección o consejo, a través de la
introducción de una cláusula en los respectivos contratos de trabajo,
vulnera el derecho a la libertad sindical que ampara el artículo 28.1 de
la Constitución “.
Desde la CGT opinamos que, entre este colectivo de trabajadores, hay
situaciones extremas claramente diferenciadas: por un lado, la alta
dirección de la empresa o miembros del consejo; por otro, el grupo de
directivos, donde el sindicato sospecha que esconde un brutal dispendio
de dinero para unos cargos con funciones poco concretas, venidos en
muchas ocasiones del ámbito de la política; y finalmente, el grupo de
trabajadores con categorías laborales más bajas -ingenieros,
secretarias-, las condiciones laborales de las cuales son claramente
peores de lo que marca el convenio.
La CGT, como sindicato mayoritario en el metro de Barcelona desde
hace más de 20 años, viene denunciando la opacidad de la empresa en
materia de salarios de directivos escudándose, precisamente, en que
están fuera de convenio.
En esta misma línea, la sentencia recrimina a la empresa su
“oscurantismo” al negar a los representantes de los trabajadores la
información laboral referida al “colectivo DYT” y, aunque reconoce la
“teórica voluntariedad” con que los DYT aceptan la cláusula que los
excluye del convenio vigente y los futuros, argumenta que “la voluntad
individual de los trabajadores no puede modificar los pactos con
carácter general en el convenio colectivo”, al tiempo que califica de
“contrario a derecho” esta renuncia de futuro .
El sindicato celebra la sentencia, que puede ser recurrida ante el
TSJC considera que supondrá un antes y un después en cuanto a la
ocultación de cómo se reparte en realidad la masa salarial en el Metro
de Barcelona.
LA COMPAÑÍA PRESENTA UN ERTE QUE AFECTARÁ A LA MITAD DE LA PLANTILLA SIN REUNIRSE PREVIAMENTE CON EL COMITÉ
La fábrica de Lantero en el polígono de O Pousadoiro “recuperará la
normalidad” el lunes 9 de marzo, según anuncia el responsable de
Recursos Humanos de la compañía, José Antonio Vales. Ese mismo día
comenzará a aplicarse el Expediente de Regulación Temporal de Empleo
(ERTE), que finalmente afectará al 50% de la plantilla aproximadamente,
cifra la empresa.
El aspecto llamativo de este nuevo paso en la reanudación de la
actividad en la factoría cartonera es que la dirección ha presentado el
ERTE -“cumpliendo todos los términos que se recogían en el acuerdo”,
matiza el staff- y el calendario de los turnos sin haberse reunido antes
con el comité de empresa.
El portavoz sindical de la plantilla, Jesús López, asegura no tener
conocimiento ni de la aplicación del ERTE ni de los nuevos turnos de
trabajo, pese a que en las negociaciones de enero previas al fin de la
huelga las partes habían acordado incrementar el diálogo para consensuar
las distintas medidas que se fuesen llevando a cabo y así reducir la
posibilidad de conflicto. “Tienen que alcanzar acuerdo previo con
nosotros”, recuerda el presidente del comité en relación a los detalles y
a la propia aplicación del ERTE.
Según los responsables de Lantero, los turnos ya están publicados en
los “lugares adecuados de la fábrica”, y con base en ellos se organiza
el trabajo, cuando se prevé que se normalice la actividad en la planta
de O Pousadoiro, pues hasta el momento se han ido incorporando solo
algunos empleados, y a cuentagotas.
Los 48 despedidos todavía no habían recibido los burofaxes con las
cartas de readmisión pese a que “ya han sido enviadas”, asegura la
dirección de Lantero.
La empresa cartonera apunta que ahora su objetivo es recuperar el
volumen de pedidos y atender a sus clientes “con toda la normalidad”.
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