Etiquetas

viernes, 19 de abril de 2013

DIFERENCIAS ENTRE LA ILP PRESENTADA POR LA PAH Y LO QUE APROBÓ EL PP



 19.04.2013.

El pasado mes de febrero se presentó en el Congreso una Iniciativa Legislativa Popular (ILP) para frenar el drama de los desahucios. Venía avalada por 1,4 millones de firmas recogidas por la Plataforma de Afectados por la Hipoteca (PAH).

Dos meses después, y tras haber sido admitida a trámite, esta ILP fue fusionada –por iniciativa del PP– con un proyecto de ley antidesahucios en el que el partido en el Gobierno ya venía trabajando.

El texto acordado el Congreso ha salido adelante gracias solo a los votos del PP

Este proyecto de ley –aprobado este jueves y que lleva el título provisional de ley de Protección de los deudores hipotecarios, de reestructuración de las deudas hipotecarias y de alquiler social– ha generado una fuerte polémica. La PAH, por boca de su portavoz Ada Colauha manifestado su disconformidad con el nuevo texto, ha denunciado que "traiciona su espíritu" y, además, ha pedido la retirada simbólica de su ILP.

Pero, ¿qué contiene la propuesta de la ILP que no haya recogido finalmente el proyecto de ley del PP? Y, al contrario, ¿hay puntos en el texto antidesahucios del PP que no estén contemplados en la ILP?

Exposición de motivos

Tanto la ILP como el texto del PP incluyen una 'exposición de motivos' –un preámbulo que no tiene validez normativa y que sirve para interpretar el contenido de la ley–, si bien ambos son sustancialmente diferentes.

  • § Iniciativa Legislativa Popular: Se trata una 'exposición de motivos' muy detallada (llega incluso a dar cifras de ejecuciones hipotecarias y de su crecimiento "exponencial") de las razones por las que se exige la paralización de los desahucios. Además es un repaso de las causas que han llevado a España a la actual situación: la concesión "abusiva" de créditos hipotecarios y la "falta" de controles públicos. La ILP pone en duda la autonomía privada en la concesión de créditos –hablan de "supuesta autonomía"– y subraya lascarencias de la actual ley, que no garantiza "los derechos constitucionales" de los "deudores de buena fe". Como corolario, el preámbulo de la ILP quiere "colocar el derecho a la vivienda de las personas susceptibles de ser desalojadas por encima de los beneficios de la banca".

  • § Proyecto de ley: Presenta un preámbulo más corto y menos incisivo. Comienza hablando de las "circunstancias excepcionales que atraviesa el país" que exigen "aliviar la situación de los deudores hipotecarios". También se refiere al "esfuerzo colectivo de los ciudadanos", pero no menciona a la banca. Asegura que la tasa de morosidad en España "es baja", pero que a pesar de esto "hay que tener muy presente el drama social" de las personas que no pueden "atender a sus pagos".
  • § ILP: La dación en pago –el banco acepta que la hipoteca sobre una vivienda queda saldada con entregar el piso– en la ejecución hipotecaria es el primer punto que contempla la iniciativa popular. Dicha dación en pago se implementaría, modificando la legislación actual, de dos formas: añadiendo un nuevo párrafo al artículo 693 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y dando una nueva redacción al 579 del mismo código.

Dación en pago


  • § PLNo incluye el concepto de dación en pago.
  • § ILP: Se trata del segundo de los artículos expuestos. Según la ILP, no se podrá acordar ellanzamiento de un inmueble –el desalojo del mismo, lo que comúnmente se entiende por desahucio físico– cuando este sea "la vivienda habitual" y cuando el impago del préstamo se deba a "motivos ajenos a la voluntad" del deudor.

Paralización de los desahucios


  • § PL: Contempla la paralización –temporal, "por un plazo de dos años"– de los desahucios, siempre y cuando los deudores se encuentren en una situación de "especial vulnerabilidad". Es aquí donde el PL se aleja en este punto de la ILP, ya que especifica una serie de requisitos para acceder a este beneficio de la paralización. Por un lado, familias numerosas, parados de larga duración o víctimas de violencia de género(puedes consultar aquí todos los colectivos afectados). Por otro lado, que estas familias no tengan unos ingresos superiores en tres veces al Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (1.597 euros mensuales por unidad familiar, según el IPREM de 2013). La ley "confía" en que estos dos años de moratoria sean suficientes para que los deudores hayan superado su "situación de dificultad".
  • § ILP: Fija que el deudor pueda tener derecho a vivir en el piso –tras la paralización de la ejecución hipotecaria– durante cinco años en régimen de alquiler con cuotas mensuales que no superen el 30% de sus ingresos (también mensuales).

Alquiler social


  • § PL: Mediante un "mandato del Gobierno", se constituye un "fondo social de viviendas" destinadas a "personas desalojadas de su vivienda habitual". Este fondo pretende, según reza el propio texto, "movilizar un amplio parque de viviendas, propiedad de las entidades de crédito, en beneficio de familias que solo podrían acceder a una vivienda en caso de que las rentas se ajusten a la escasez de sus ingresos".
  • § ILP: Incluye la retroactividad de las medidas arriba mencionadas. Si no se ha celebrado la subasta del piso en la fecha de entrada en vigor de la ley, se procedería a la dación en pago (ver este punto). Si la subasta del piso ya se ha celebrado cuando entre en vigor la ley, no se podrá pedir la ejecución dineraria (el deber de entregar una cantidad de dinero líquida tras haber sido embargado con los bienes materiales).

Retroactividad de las medidas


  • § PLNo contempla en ningún caso la retroactividad de ninguna de las medidas que propone.


http://www.20minutos.es/noticia/1790584/0/ilp/des

No hay comentarios:

Publicar un comentario