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jueves, 5 de febrero de 2015

BOLETIN DE LUCHAS OBRERAS ( 4 DE FEBRERO DEL 2015)

Publicado en: 5 febrero, 2015

Por LA PIRENAICA DIGITAL
 
LA PIRENAICA DIGITAL










ÍNDICE:
> SENTENCIA DEL TS DE 10-11-2014 SOBRE DEMANDA DE REVISIÓN EN UNA IMPUGNACIÓN DE DESPIDO
> LAS MUTUAS AL DESCUBIERTO. Rojoynegro.info
>5-F: CONCENTRACIÓN CONTRA EL FRAUDE DE LAS MUTUAS EN MURCIA
> LA SITUACIÓN DE LAS PERSONAS DESEMPLEADAS EMPEORA. ELA Sindikatua
> LAS EMPRESAS DEBERÁN INFORMAR A EMPLEO DE LOS DESPIDOS EL DÍA EN QUE SE PRODUZCAN
> UGT y CC.OO. BLINDAN SUS DERECHOS SINDICALES EN ADIF EN DETRIMENTO DEL CONVENIO DE LOS TRABAJADORES. Por SFF-CGT
> NOTA DE PRENSA SOBRE EL DESPIDO DE LOS TRABAJADORES DE LA BASE MILITAR DE CERRO MURIANO Y DE LAS TRABAJADORAS ENCARGADAS DE LA LIMPIEZA DE LAS INSTALACIONES DE DEFENSA. Por Coordinadora de Trabajadores de Andalucía
> LAB DENUNCIA LA “DESASTROSA GESTIÓN” DE OSAKIDETZA EN CONTRATACIÓN
> ¡NO SOMOS CARNE, SOMOS PERSONAS! Sección Sindical CNT Cas Training
> TEMEN DESPIDOS DE TRABAJADORES DEL BUS EN MURCIA
> SE INTENSIFICAN LAS PROTESTAS, MOVILIZACIONES Y CORTES DE CALLE EN UNIDADES DE REPARTO DE CORREOS EN CASTELLÓ
> HUELGA INDEFINIDA DE CORREOS DE CATELLÓ A PARTIR DEL 4 DE FEBRERO
> CC.OO.-A RECHAZA EL ERE PRESENTADO EN HOTELES PLAYA CON 239 DESPIDOS.
> TRABAJADORES DE ACSUR. Fuente web Sindicato CTA
> [ALBACETE] BOICOT A McDonalds, POR LA READMISIÓN DE LA COMPAÑERA DESPEDIDA EN LEÓN
> REUNIÓN DE LOS TRABAJADORES DESPEDIDOS EN LOS DOS ÚLTIMOS ERE DE LA BASE DE MORÓN
> LOS SINDICATOS CRITICAN UN ERE ENCUBIERTO EN LA SANIDAD VIGUESA
> EL SUPREMO DA LA RAZÓN AL COMITÉ DE EMPRESA EN EL ERE MUNICIPAL DE ESTEPONA
> CC.OO. DESCONVOCA LA HUELGA EN LAS EMPRESAS DE MANTENIMIENTO DE JARDINES DE BENALMÁDENA
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SENTENCIA DEL TS DE 10-11-2014 SOBRE DEMANDA DE REVISIÓN EN UNA IMPUGNACIÓN DE DESPIDO
RESUMEN
Documentos decisivos recobrados u obtenidos, de los que no se hubiere podido disponer por fuerza mayor o por obra de la parte en cuyo favor se hubiere dictado la sentencia.
Demanda de revisión interpuesta por el Consorcio “Feval, Institución Ferial de Extremadura” y por la mercantil “Feval, Gestión de Servicios S.L.U.”, contra la sentencia del TSJ de Extremadura de 19-2-2013, recaída en el recurso de suplicación interpuesto por el trabajador D. Marcos contra la sentencia del Juzgado de lo Social nº 4 de Badajoz de 18-10-2012 siendo parte demandada referido trabajador sobre impugnación de despido.
ANTECEDENTES DE HECHO
– La parte dispositiva de la sentencia dictada por el TSJ de Extremadura es del siguiente tenor literal:
“Con estimación parcial del recurso de suplicación interpuesto por D. Marcos contra la sentencia dictada el 18-10-2012 por el Juzgado de lo Social nº4 de Badajoz, en autos seguidos a instancia del recurrente frente a Feval Gestión de Servicios S.L.U. y Feval, Institución Ferial de Extremadura, declaramos improcedente el despido del demandante efectuado por las demandadas, a las que condenamos a que abonen al demandante una indemnización de 63.554 euros si las partes no se ponen de acuerdo en que se proceda a la readmisión del trabajador en su puesto”.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
1.- Las entidades ahora demandantes presentaron, en fecha 19-03-2014 demanda de revisión de sentencia firme contra la Sentencia del TSJ de Extremadura de 19-2-2013 (cuya firmeza conoció el día 20-12-2013), por la vía del art. 236.1 LRJS e invocando como único motivo el contemplado en el art. 510.1 de la supletoria LEC, a cuyo tenor
“Habrá lugar a la revisión de una sentencia firme si después de pronunciada, se recobraren u obtuvieren documentos decisivos, de los que no se hubiere podido disponer por fuerza mayor o por obra de la parte en cuyo favor se hubiere dictado”
Y señalando como documento decisivo” u “obtenido” por la parte para fundamentar su demanda de revisión la Sentencia del TSJ de Extremadura 18-10-2012 recaída en proceso de despido de otro trabajador cuya firmeza se conoció en fecha 03-09-2013; y, en posterior escrito aclaratorio de fecha 23-04-2014, también pretende fundamentarla en la Sentencia del TSJ de Extremadura de 5-3-2013 cuya firmeza se conoció el 07-04-2014.
2.- Con relación al proceso que termina por Sentencia del TSJ de Extremadura 19-2-2013 recaída en proceso de impugnación de despido objetivo y cuya revisión se pretende, es dable destacar, en esencia y en los exclusivos extremos que a este excepcional proceso de revisión afectan, que:
  1. a) Se inició por demanda de despido formulada por el trabajador ahora demandado (D. Marcos) contra las entidades ahora demandantes impugnando el despido disciplinario que con fecha y efectos 07-10-2011 había notificado al actor. La sentencia de instancia del Juzgado de lo Social de Badajoz nº 4 de fecha 18-10-2012 desestimó la demanda y declaró procedente el despido.
  2. b) Contra la anterior sentencia de instancia recurrió en suplicación el trabajador. La Sala, en la sentencia antes referida, estima en parte el recurso, confirmando que la relación laboral no es común, sino la especial de alto directivo, pero entiende que los hechos imputados no constituían incumplimiento contractual ninguno o, si lo era, no concurría la gravedad y culpabilidad necesarias, por lo que la decisión empresarial se declaró improcedente con las consecuencias que se establecen en el art. 11 del RD 1.382/1985, fijando una indemnización de 20 días por año de servicio hasta un máximo de 12 mensualidades (63.554 €), que deberá abonarse al demandante si no se ponen de acuerdo las partes en la readmisión.
  3. c) Contra la referida sentencia de suplicación, ambas partes formalizaron recursos de casación unificadora (la parte demandada en fecha 08-05-2013) y por Auto del TS de 20-11-2013 se declaró la inadmisión de los referidos recursos y la firmeza de la sentencia recurrida, lo que fue notificado el día 20-12-2013.
.- Las entidades demandantes en revisión pretenden, conforme al suplico de su demanda, que se rescinda parcialmente la Sentencia del TSJ de Extremadura 19-2-2013, “en el sentido de dejar sin efecto la declaración relativa a la declaración de improcedencia del despido”.
– El esencial fundamento de tal pretensión revisora, consiste en el hecho de que en dos sentencias que adquirieron firmeza posteriormente a la que se pretende la revisión y relativas a otros dos altos cargos que, conforme alegan las ahora demandantes, concurrieron con el trabajador ahora demandado en la realización de los hechos objeto del despido habiendo sido los tres despedidos, resulta que en las dos últimas el despido se declara procedente y en la primera improcedente; destacando los demandantes que no pudieron invocar estas dos últimas sentencias en el recurso de casación unificadora que formularon contra la primera al impedirlo la norma procesal por no haber ganado firmeza a la fecha de finalización del plazo de interposición del recurso.
– Como establece y reitera la jurisprudencia constitucional, entre otras, la Sentencia del TC de 14-12-2009 diciembre:
«Una de las perspectivas del derecho a la tutela judicial efectiva que reconoce el art. 24.1 CE es la que se manifiesta en el derecho a que las resoluciones judiciales alcancen la eficacia perseguida por el Ordenamiento, lo que supone tanto que aquéllas se ejecuten en sus propios términos como el respeto a las situaciones jurídicas declaradas, sin perjuicio de que se haya establecido legalmente su eventual modificación o revisión por medio de ciertos cauces extraordinarios»
Existe, en efecto, «una innegable conexión entre la inmodificabilidad de las resoluciones judiciales y el derecho fundamental a la tutela judicial efectiva del art. 24.1 CE, pues si éste comprende la ejecución de los fallos judiciales, su presupuesto lógico ha de ser el principio de la inmodificabilidad de las resoluciones judiciales firmes, que así entra a formar parte de las garantías que el art. 24.1 CE consagra.
De esta manera el derecho a la tutela judicial efectiva reconocido en el art. 24.1 CE actúa como límite que impide a los Jueces y Tribunales variar o revisar las resoluciones judiciales definitivas y firmes al margen de los supuestos y casos taxativamente previstos por la Ley, incluso en la hipótesis de que con posterioridad entendiesen que la decisión judicial no se ajusta a la legalidad»
Continúa señalando la citada la Sentencia del TC que
“En definitiva, si el órgano judicial modificase una resolución judicial anterior al margen del correspondiente recurso establecido al efecto por el legislador, «quedaría vulnerado el derecho a la tutela judicial efectiva, puesto que la protección judicial carecería de eficacia si se permitiese reabrir un proceso ya resuelto por Sentencia firme”
– En interpretación y aplicación de la normativa y jurisprudencia constitucional y ordinaria expuesta, y de conformidad con el informe del Ministerio Fiscal, cabe concluir en el presente proceso que con amparo en el motivo de revisión contemplado en el art. 510.1 LEC, -relativo a los documentos decisivos recobrados u obtenidos, de los que no se hubiere podido disponer por fuerza mayor o por obra de la parte en cuyo favor se hubiere dictado-, no es dable atribuir el referido carácter de documento recobrado u obtenido a ninguna de las dos sentencias firmes ulteriores dictada procesos de despido afectantes a otros dos trabajadores aunque hipotéticamente hubieran compartido con el trabajador ahora demandado la realización de los hechos que en el caso del demandado comportaron la declaración de improcedencia y en la de los otros dos la de improcedencia de los despidos.
Como se ha indicado, no existe norma legal de ningún tipo que imponga la prevalencia de una de esas sentencias sobre la otra, ni existe razón de clase alguna en la que se pueda fundar tal prevalencia; además, distinto enjuiciamiento de unos mismos hechos que llevan a cabo sentencias firmes distintas, constituye sin duda una grave patología jurídica, especialmente si afectan a las mismas partes (lo que tampoco concurre en el presente supuesto aunque existan otros posibles vínculos de conexión), pero hoy por hoy en nuestro ordenamiento no existen remedios que den solución a tal anomalía y menos aún cabe acudir al proceso de revisión pues dicho grave supuesto no es ninguno de los previstos en el art. 510 de la LEC ; y, debe tenerse en cuenta, por otra parte, que pueden haber sido distintas las pruebas practicadas en unos y otros litigios y también puede ser dispar el criterio valorativo del Juez que enjuicia unas y otras pruebas.
Si bien es cierto que conforme al art. 221.3 y 4 LRJS, relativo a los presupuestos del recurso de casación unificadora, resulta que
“3. Las sentencias invocadas como doctrina de contradicción deberán haber ganado firmeza a la fecha de finalización del plazo de interposición del recurso”
y que
“4. Las sentencias que no hayan sido objeto de expresa mención en el escrito de preparación no podrán ser posteriormente invocadas en el escrito de interposición”
Las ahora demandantes al formular el recurso de casación unificadora contra la Sentencia del TSJ de Extremadura de 19-2-2013, no pudieron invocar como contradictorias ni la Sentencia del TSJ de Extremadura de 18-10-2012 con firmeza el día 16-7-2013 ni la de 5-3-2013 cuya firmeza la obtuvo el 26-3-2014, pero tal circunstancia no es una vía para que obtener el acceso a la demanda de revisión, la que de este modo se convertiría en una especie de recurso de casación unificadora subsidiario, lo que no está previsto legalmente.
FALLO
Se desestimamos la demanda de revisión, interpuesta por el Consorcio “Feval, Institución Ferial De Extremadura” y por la mercantil “Feval, Gestión De Servicios S.L.U.”, contra la sentencia del TSJ de Extremadura de 19-2-2013, recaída en el recurso de suplicación interpuesto por el trabajador D. Marcos contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 4 de Badajoz en fecha 18-10-2012, en autos de despido seguidos a instancia del referido trabajador contra las entidades ahora demandantes en revisión, absolviendo al demandado de las pretensiones en su contra formuladas; condenándose en costas a los demandantes y con pérdida del depósito realizado.
VER SENTENCIA
http://www.lapirenaicadigital.es/SITIO/SENTENCIATS10112014.pdf
LAS MUTUAS AL DESCUBIERTO. Rojoynegro.info
Las “Mutuas Patronales de Accidentes y Enfermedades Laborales de la Seguridad Social” han cambiado de nombre, con la nueva Ley de Mutuas 35/2014 de 26 de diciembre pasan a llamarse “Mutuas Colaboradoras de la Seguridad Social”. ¿Por qué este cambio de nombre?, pues porque además de las competencias relativas a los accidentes y enfermedades profesionales ahora tendrán algunas competencias en las enfermedades comunes. También se produce un cambio en la definición, hasta ahora eran “asociaciones constituidas por empresarios” y con la nueva ley pasan a ser “asociaciones privadas de empresarios”. Una manera de remarcar más todavía más el carácter privado de las mutuas.
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Las mutuas se financian básicamente con las cotizaciones por accidentes de trabajo y con una fracción de las cotizaciones por contingencias comunes. Todas las empresas, así como los autónomos y autónomas han de contratar los servicios de una mutua al constituirse y deben de ingresar a la Tesorería de la Seguridad Social un porcentaje del salario de cada persona trabajadora, ese porcentaje dependerá del tipo de actividad. Por ejemplo para el personal que trabaje en oficinas el porcentaje es del 1% y para el de minas del 7,15%. Posteriormente la Tesorería de la SS ingresará todo ese dinero a la mutua. Aunque las aportaciones sean empresariales no debemos olvidar que son rentas del trabajo, de nuestro trabajo y por tanto nuestro dinero. Bien, a cambio de ese dinero, cuando tenemos un accidente laboral o enfermedad profesional la mutua se hace cargo de los gastos, por tanto cuanto menos tiempo estemos de baja, menos pruebas nos realicen, menos muertes por enfermedades profesionales existan, más beneficio le queda a la mutua.
Teniendo en cuenta lo anterior los intereses económicos de las mutuas entran en clara confrontación con nuestra salud. Tanto es así que cuando tenemos un accidente laboral las mutuas intentan que nos demos de alta lo antes posible y a toda costa, si aun así a los pocos días volvemos a recaer desvinculan la dolencia del accidente laboral y te desvían a la Seguridad Social para que sea el erario público el que corran con los gastos. España se encuentra en una situación única dentro de los países de la OCDE (Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos), según los datos de las mutuas desde el año 2000 al 2004, en nuestro país no se produjo ninguna muerte por enfermedad profesional, en el año 2005 ya hubo 3 muertes. En cambio, según el Grupo de Investigación de Salud Laboral de la Universidad Pompeu y Fabra, en España mueren 14.000 hombres y más de 2.000 mujeres por enfermedades contraídas en el lugar de trabajo, cada año hay 9.400 personas muertas por cáncer, 3.600 por enfermedades cardiovasculares y 1.700 por enfermedades respiratorias contraídas en el lugar de trabajo y ninguna de estas muertes aparece en los registros de las mutuas. Esto implica que las mutuas no pagan las compensaciones correspondientes a los familiares de las trabajadoras y trabajadores fallecidos por enfermedad profesional.
Pues bien, además de los accidentes laborales y las enfermedades profesionales, ahora con la nueva legislación las mutuas también tendrán competencias en las enfermedades comunes (las no relacionadas con el trabajo). La ley 35/2014 permite a las mutuas proponer a la Inspección Médica de los Servicios Públicos de Salud el alta de una trabajadora o trabajador que esté de baja por enfermedad común. Para realizar esas propuestas de alta las mutuas podrán disponer de nuestro historial clínico y si así lo consideran, podrán someternos a reconocimientos y exámenes médicos. Una vez hecha la propuesta de alta, la Inspección Médica de los SPS deberá responder a la mutua en un plazo de 5 días. Si estima la petición emitirá el alta y si la deniega deberá realizar un informe médico que justifique la continuidad de la baja. La Inspección Médica también podrá citar a la persona que esté de baja para hacerle una revisión médica, pero dentro de esos mismos 5 días.
Cuando se legisla de esta manera se da a entender que las trabajadoras y trabajadores nos dedicamos a estafar a la Seguridad Social, con ansias desmesuradas por convertir el absentismo laboral en tendencia. Por otra parte se transmite una desconfianza total hacia las y los profesionales del Sistema Público de Salud, ya que desde el primer día de la baja el personal médico de las mutuas puede realizar el seguimiento de dicha baja, o lo que es lo mismo, cuestionar su diagnóstico. Unos profesionales que acceden a su puesto de trabajo sin ningún tipo de prueba u oposición objetiva, los de las mutuas, cuestionando de manera sistemática el trabajo de profesionales sanitarios que han conseguido su plaza mediante una oposición.
Pero salgamos de lo abstracto, pongámosle nombres, las mutuas, al igual que los mercados no funcionan solas, sino que hay un grupo de personas que las dirigen. Tomemos como ejemplo la Muta Asepeyo, cuyo órgano de gobierno está compuesto, entre otras personas por: José Mª Juncadella Salisachs (de Arena Media Communications España, SA), José Luís Martínez Olivares (El Corte Inglés, SA), Luis Planas Martínez (Hoteles Valle de Arán, SA), José Abargues Morán (Ford España, SL), Antonio Alastuey González (Renault España, SA), F. Xavier Amorós Corbella (Sociedad General Aguas de Barcelona, SA), Joaquín Folch-Rusiñol Faixat (Industrias Titán, SA), Cécile Virginie Hesse (Danone, SA), María Soledad Luca de Tena y García-Conde (Diario ABC, SL)
Resulta extraño que directivos pertenecientes a empresas como Danone, Ford, Renault, Aguas de Barcelona, El Corte Inglés, ABC, entre otras, sean las que dirijan una entidad que se dedique a la sanidad, pero más extraño resulta que desde el poder político se les transfieran competencias que son de la Sanidad Pública. No consideramos de recibo que estas personas sean las que miren con lupa nuestras bajas e historiales médicos, estableciendo estrategias de persecución y presión tratándonos de delincuentes.
Alguien debería dar una explicación de este atropello y desde la CGT de Murcia aprovechamos estas líneas para exigirla. Si no hay recursos para que la sanidad sea universal, si las Urgencias de los hospitales están desbordadas, si las personas afectadas por la Hepatitis C no reciben el tratamiento necesario, ¿cómo es posible que se inviertan tantos recursos médicos para el seguimiento de las bajas médicas?. El médico de cabecera, el de la mutua y el de la inspección médica; repetición de las mismas pruebas y/o análisis en un espacio muy reducido de tiempo, expedientes y solicitudes que van y vienen de un departamento a otro y que deben de ser tramitadas y respondidas. ¿Cuánto dinero cuesta esto?, ¿Por qué tanta inversión en perseguirnos?.
Para la CGT esta Ley da un paso más en esa “carrera a ninguna parte” que los gobiernos liberales han emprendido de privatización de todo lo público, violando los principios de equidad, universalidad y eficiencia para todas y todos.
CGT Murcia
5-F: CONCENTRACIÓN CONTRA EL FRAUDE DE LAS MUTUAS EN MURCIA
Jueves 5 de febrero a las 18:30h frente a las oficinas de Asepeyo. Av. Juan de Borbón, 16. Murcia
Protégete frente a las Mutuas!!!
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LA SITUACIÓN DE LAS PERSONAS DESEMPLEADAS EMPEORA. ELA Sindikatua
03/02/2015
Los datos publicados por el Servicio Público de Empleo Estatal muestran que el paro registrado en Hego Euskal Herria (HEH) ha sido de 221.593 personas en el mes de enero, 8.036 más que en el mes de diciembre y 5.741 menos que hace un año. Así, la tasa de paro se ha situado en el 16,3%, lo que supone que está 6,4 puntos por encima de la tasa de paro media de la UE-28.
La respuesta que están dando los Gobiernos a la grave situación de quienes están en paro, es recortar el gasto de las prestaciones por desempleo un 21,4%.
El hecho de que el paro registrado haya disminuido el último año no supone que haya aumentado el empleo. Esto se debe al desánimo de la gente a la hora de buscar empleo y a que muchas personas no tienen derecho a ningún tipo de prestación por desempleo, por lo que no se inscriben en los Servicios Públicos de Empleo. Además, a ello se une que en 2014 el saldo migratorio haya sido negativo, esto es, se han marchado 3.175 personas de HEH.
A ello hay que sumar que la situación de quienes están en el paro es cada vez peor:
– El 55,3% de las personas en paro no cobran ninguna prestación, un 7,3% más que hace un año
– Quienes tienen una prestación contributiva (la de mayor cuantía), sólo son el 25,1%, 6,1 puntos menos que hace un año
– La prestación contributiva media ha bajado 26,8 euros en la CAPV (es de 903,1 euros), y 22,2 euros en Navarra (es de 905,3 euros)
– El gasto total en prestaciones ha bajado un 21,4% el último año en HEH, mientras que el paro registrado ha bajado un 2,5%
Los mensajes sobre la recuperación del empleo y de la mejora de la situación sólo se pueden entender desde una óptica de propaganda electoralista. Es totalmente criticable que desde los Gobiernos se trasladen estos mensajes que no reflejan la realidad.
La situación social y laboral sigue siendo totalmente alarmante en HEH, y quienes están sin trabajo siguen sin recibir cobertura alguna por parte de los Gobiernos.
LAS EMPRESAS DEBERÁN INFORMAR A EMPLEO DE LOS DESPIDOS EL DÍA EN QUE SE PRODUZCAN
Las empresas deberán comunicar a la Seguridad Social las bajas y variaciones de datos el mismo día en que se produzcan, según el borrador del real decreto de desarrollo de la Facturación Directa de las cotizaciones que remitió el Ministerio de Empleo a los agentes sociales.
El departamento que dirige Fátima Báñez explicó que el sistema de facturación directa exigirá el conocimiento en el menor plazo posible de todos los datos que afectan al cálculo de la cotización.
Así, no solo se facilitará la liquidación directa de las cuotas por la Tesorería General de la Seguridad Social, sino que se prevendrá la práctica de comunicar las bajas el mismo día del cese pero con fecha de efectos de seis días antes (plazo actual).
El documento remitido a patronal y sindicatos modificará diversos reglamentos generales en materia de Seguridad Social para desarrollar la ley que regula el Sistema de Facturación Directa.
UGT y CC.OO. BLINDAN SUS DERECHOS SINDICALES EN ADIF EN DETRIMENTO DEL CONVENIO DE LOS TRABAJADORES
2 de Febrero de 2015
Mientras a los trabajadores de ADIF se les congela el salario y se les precariza en sus condiciones laborales, CC.OO. y UGT junto con la Dirección de ADIF, perpetraron una traición más, esta traición consiste en asegurarse sus Derechos Sindicales en detrimento de la negociación de un Convenio justo para el personal de esta empresa pública.
Debido a que las elecciones sindicales en ADIF están cerca y previsiblemente la cota de poder de estos sindicatos de la “casta” puede mermar decidieron asegurarse determinados beneficios, aunque no les votase ningún ferroviario.
Entre otros beneficios:
– Multitud de liberados/as.
– Bolsa de miles de horas, con las que poder tener más liberados
– Representantes en el consejo de administración.
En CGT entendemos que estos sindicatos no están dispuestos a perder la posibilidad de participar en esos lugares donde se reparten las tarjetas Black, y por ello, toman todas las decisiones que les exijan en contra de los/as trabajadores/as: dividir las empresas, liberalizar, privatizar, desmantelar, etc…. Viendo este acuerdo se entiende el porqué en ADIF no se aplicó Real Decreto 20/2012, como en el resto de administraciones y empresas públicas. Parece ser que estaban dispuestos a entregar “algo” a cambio.
Ante este nuevo chantaje y al no querer ADIF recoger las manifestaciones de CGT, CGT decidió abandonar esta reunión, dando muestra una vez mas de la honestidad, ética y honradez de la que venimos demostrando desde hace 30 años.
Sección Sindical CGT de Renfe-Adif
NOTA DE PRENSA SOBRE EL DESPIDO DE LOS TRABAJADORES DE LA BASE MILITAR DE CERRO MURIANO Y DE LAS TRABAJADORAS ENCARGADAS DE LA LIMPIEZA DE LAS INSTALACIONES DE DEFENSA. Por Coordinadora de Trabajadores de Andalucía
El pasado día 1 de enero fueron expulsados de sus puestos de trabajo 13 trabajadores de mantenimiento de la base militar de Cerro Muriano. La empresa ACCIONA dejo de prestar estos servicios de mantenimiento y no procedió al despido de los trabajadores puestos que estos habían sido objeto de una subrogación y sus puestos de trabajo estaban adscritos a la base militar de Cerro Muriano. Por lo que el mismo día 1 de enero el mando correspondiente requirió los pases de entrada, a estos trabajadores, y no pudieron seguir prestando sus servicios.
Es una situación muy complicada puesto que ni la empresa se hace cargo de sus despidos ni la Administración Militar tampoco. Esta situación demuestra muy poca seriedad por parte del Gobierno y del Ministro de Defensa, puesto que las consecuencias para los usuarios de las instalaciones han sido que durante días no han tenido agua caliente para ducharse, y aunque ese tema no es asunto de este Sindicato, sí que lo es que el servicio que unos trabajadores prestan desde una empresa privada a la Administración Militar sigue siendo necesario.
Más aun que al parecer determinados servicios se están cubriendo con otros trabajadores externos, que están siendo llamados de forma individual y puntual. No debe de estar la economía tan brillante en este País cuando hasta el ministerio de Defensa tiene esta forma de proceder con los trabajadores que le prestan el servicio de mantenimiento nada menos que a un cuartel de la OTAN.
Parecida suerte parece que van a tener las trabajadoras (más de 20) de la limpieza de las instalaciones militares que prestan sus servicios a través una empresa privada CLEANET, que lleva sin pagarle a sus trabajadores más de cuatro meses, en toda España son casi 2.000 trabajadores. Muy mal tiene que estar el Ministerio de Defensa para no exigir de esta empresa que pague a sus empleados.
Pero a C.T.A. no nos sorprende nada de esto, puesto que hace unos años existían los trabajadores civiles de la Administración Militar, que estaban contratados directamente por la Administración Militar, estos han ido desapareciendo poco a poco y hoy casi ya no quedan, pero las consecuencias de esas políticas neoliberales, están hoy aquí que el Ministerio tiene dificultades hasta para que le barran las instalaciones.
Este Sindicato exige al Gobierno que la Administración Militar se subrogue con todos estos trabajadores y se haga cargo de ellos puesto que sus servicios son imprescindibles para el mantenimiento y limpieza de las instalaciones militares.
LAB DENUNCIA LA “DESASTROSA GESTIÓN” DE OSAKIDETZA EN CONTRATACIÓN
El sindicato LAB ha denunciado la “desastrosa gestión” de Osakidetza en la apertura de las listas de contratación, después de que finalizara el plazo de inscripción, y ha criticado “el doble discurso de Osakidetza y la falta de respeto hacia las miles de personas que aspiran a trabajar en el ente público”, así como hacia los trabajadores de los departamentos de personal implicados en este proceso de inscripción.
De esta forma, el sindicato ha considerado que “la realidad ha sido un caos, con dificultades para obtener las claves de acceso, con un solo teléfono habilitado y sin ningún punto presencial al que acudir, necesidad de volver a acreditar mediante fotocopias documentación ya en poder de Osakidetza, puntos y horarios reducidos para la entrega de dicha documentación, no actualización de tiempo trabajado y euskera, y no contratación de personal extra para hacer frente a la enorme demanda”. “Un doble discurso en el que la imagen en los medios y la realidad son cosas muy distintas”, ha apuntado.
“El resultado lo hemos visto estos días en nuestros hospitales, con esperas de horas, nervios, personal sobrepasado por la carga de trabajo, frustración, y tensión, sin olvidar que no hay acuerdo sindical sobre sus criterios y gestión y que, con los dramáticos recortes en contratación, pocas serán las personas que puedan acceder a algún contrato de trabajo”, ha añadido.
Es, por ello, que LAB ha preguntado al PNV que, “¿por qué les merecemos tan poco respeto las personas que ya trabajamos o que aspiramos a trabajar en Osakidetza?” y que “¿cómo es posible alargar tanto un proceso y hacerlo tan sumamente complicado?”.
¡NO SOMOS CARNE, SOMOS PERSONAS! Sección Sindical CNT Cas Training
Si trabajas en Cas Training o tienes algún compañero de trabajo contratado por esta empresa, ya sabrás de las condiciones laborales impuestas por la empresa. Nos contratan prometiéndonos un “buen” puesto de trabajo y formación gratuita, pero las condiciones son totalmente diferentes, las mismas de cualquiera empresa cárnica.
Nos ceden a otras empresas (cómo BBVA, Indra, Informática El Corte Inglés, …) y nos dicen que tenemos que callar y satisfacer el “cliente”. No importa si el “cliente” nos obliga en hacer horas extras sin remuneración, no importa si no nos concede las vacaciones o nos obliga en hacer las guardias. Lo único que importa a Cas Training es que trabajemos allí sin considerar la condición laboral y el respeto de nuestros derechos, porque ellos ganan dinero de esta situación si mover un dedo.
Pero nosotros no queremos callarnos frente a esta situación y por esto la sección sindical de nuestro sindicato ha pedido reunirse con la dirección de la empresa para pedir explicaciones y exigir el respeto de los derechos de los trabajadores. De momento la dirección de la empresa todavía no ha querido hablar del asunto y nosotros seguiremos a la espera de esta reunión.
Mientras tanto nos vamos organizando para reivindicar nuestros derechos, porque estamos hartos de todas estas empresas que nos explotan y pisan nuestros derechos.
¡No somos carne, somos personas!
TEMEN DESPIDOS DE TRABAJADORES DEL BUS EN MURCIA
La ampliación de la línea de tranvía ha recibido 912 alegaciones, que se pueden resumir en 46 recursos de distinto contenido. Entre los que han presentado recurso: Latbus, concesionaria del transporte interurbano, la Comunidad Autónoma y USO.
Latbus considera que la ampliación del tranvía supondrá la inviabilidad de su empresa y el despido de numerosos trabajadores y reclama un plan de coordinación del transporte público. «No habrá despidos porque si se reduce el trayecto del autobús se puede mejorar la frecuencia y abaratar precios», dijo el concejal de Tráfico, Javier Iniesta. Mientras, USO plantea que el autobús sea el sistema vertebrador del transporte y más carriles bus.
La Comunidad, que ha entregado las alegaciones fuera de plazo, indica que deberá coordinarse la llegada del tranvía al Carmen con la reordenación prevista por Adif en la puerta de la Estación y zonas anexas por las obras de llegada del AVE. Además, habla de un plan de coordinación, en el que ya está trabajando, según Iniesta.
SE INTENSIFICAN LAS PROTESTAS, MOVILIZACIONES Y CORTES DE CALLE EN UNIDADES DE REPARTO DE CORREOS EN CASTELLÓ
Las asambleas de trabajadores de correos por votación siguen manteniendo por mayoría la propuesta de huelga indefinida. El lunes 2 de febrero la UR1 ante la falta de negociación por parte de la dirección de zona de Correos, junto a los ataques diarios por la falta de contratación, la asamblea de esta unidad ha decidido mantener la presión y la movilización.
Las asambleas de trabajadores de correos por votación siguen manteniendo por mayoría la propuesta de huelga indefinida. Hoy lunes 2 de febrero la UR1 ante la falta de negociación por parte de la dirección de zona de Correos, junto a los ataques diarios por la falta de contratación, la asamblea de esta unidad ha decidido mantener la presión y la movilización.
A las 9:30 de la mañana la asamblea de trabajadores *UR1, con la participación de los sindicatos, algunos de ellos haciendo gala de un esquirolismo como el de hacía años que no se veía, con un claro intento de desmovilizar frente a unas asambleas y organización que han surgido desde la base, los trabajadores organizados al margen de los sindicatos mayoritarios, han tomado las siguientes decisiones:
  1. Conseguir que el colectivo más precario de eventuales tuvieron garantizados los contratos del mes de febrero, para garantizar su derecho legítimo a la huelga, se los ha animado a sumarse a la huelga indefinida contra la destrucción de empleo, contra la sobresaturación de las carterías y por el derecho a la recepción por parte de la población de correspondencia regulado por la ley postal.
  2. Convocar una asamblea urgente el martes 3 en las dos carterías UR1 y UR2 de Castelló. A las 9:30h. y 9:00h respectivamente, las asambleas de los centros decidirán el día de inicio de la huelga.
  3. Seguir llamando a la dirección de zona a que reconsidere que la plantilla y las cargas de trabajo de Castelló ciudad y el resto de la provincia están desequilibradas. Con el trabajo postal existente falta personal, por lo tanto es indecente eliminar personal y puestos de trabajo.
Estas movilizaciones siguen siendo la única posibilidad de garantizar unas condiciones de trabajo dignas para la plantilla, mantener un servicio público de calidad para la ciudadanía y el último freno a la explotación capitalista contra la plantilla postal y contra el desmantelamiento de correos con el único fin de la completa privatización.
DEFENDAMOS LOS DERECHOS DE LOS TRABAJADORES Y DE LA POBLACIÓN A UN SERVICIO POSTAL SIN EXPLOTACIÓN Y DE CALIDAD.
CGT Castelló
HUELGA INDEFINIDA DE CORREOS DE CATELLÓ A PARTIR DEL 4 DE FEBRERO
CGT Correos Castelló
La asamblea de trabajadoras de la UR1 (Unidad de Reparto 1 de Castelló), reunida en asamblea el martes 3 de febrero ante el progresivo deterioro de las condiciones de trabajo junto a la incompetencia de una dirección de zona que solo valora los recortes y beneficios económicos antes que el complimiento del derecho ciudadano a la recepción de correspondencia y cumplimiento de la ley postal, ha adoptado el siguiente acuerdo:
HUELGA INDEFINIDA A PARTIR DEL MIÉRCOLES 4 DE FEBRERO.
El deterioro viene producido por recortes permanentes de plantilla, aumento brutal de recorridos y precariedad en las condiciones de trabajo, todo esto unido hace que el correo no llegue a los domicilios junto a una evidente falta de calidad en las entregas diarias de todos los objetos postales que se reciben en esta ciudad. Esta situación es general en todo el país, pero en Castellón se ha visto agravada pues no hace ni 7 meses, junio 2014, ya se produjo un brutal recorte en los puestos de trabajo de Castelló.
Hay que recordar que Correos es el encargado de cumplir con el SPU/Servicio Postal Universal, y tiene encomendado cumplir con la ley postal, el Artículo 24: Condiciones de distribución y entrega de los envíos postales
El operador designado por el Estado para la prestación del servicio postal universal deberá realizar la entrega de los envíos en la dirección postal que figure en su cubierta. Asimismo, procurará la entrega de aquellos envíos postales cuya dirección aun siendo incompleta permita la identificación del destinatario. Las entregas se practicarán, al menos, todos los días laborables, de lunes a viernes.
Con los recortes y supresiones que pretende realizar la dirección de zona 5ª de correos-Valencia, hará imposible el cumplimiento de este derecho ciudadano, repercutiendo las reclamaciones en las trabajadoras, que profesionales como son ven imposible la realización de un servicio en condiciones justas.
A esta movilización se ha sumado también, el día 3 de febrero los carteros de la Unidad de Reparto 9 Cartería de San Vicente de la ciudad de Valencia, encargados del reparto de los distritos 7, 17 y 26 de la capital, se han declarado en huelga por la supresión de puestos de trabajo, los paros han sido secundados por 42 de los 53 carteros que componen la plantilla de esta unidad.
Los distritos 15 y 20 de Madrid animados por los compañeros de Castellón y contra la supresión de 7 y 5 secciones respectivamente, han comenzado una tanda de movilizaciones. Todos juntos Bajo un mismo lema “+ CONTRATACIÓN – EXPLOTACIÓN”.
CC.OO.-A RECHAZA EL ERE PRESENTADO EN HOTELES PLAYA CON 239 DESPIDOS.
El sindicato CC.OO.-A ha rechazado el expediente de regulación de empleo (ERE) en el grupo Hoteles Playa, que supone 239 despidos, 225 suspensiones de trabajo y 36 empleados con modificaciones en sus condiciones laborales.
Fuentes sindicales de CC.OO. han señalado que la compañía cuenta con siete establecimientos en Málaga, así como un almacén y una lavandería; once hoteles en Almería y la central de reservas; dos, en Cádiz; seis, en Huelva, y tres, en Granada. Además, uno, en Barcelona; dos en Madrid y dos, en Canarias.
CC.OO.-A rechaza el ERE presentado en Hoteles Playa con 239 despidos, suspensiones de contratos y modificaciones
De los 239 despedidos previstos, un total de 230 son mujeres del departamento de pisos y limpieza y nueve pertenecen de la central de reservas, dos secciones que “externalizarán” con el objetivo de “abaratar costes”. Por su parte, las suspensiones de contratos en parte del año afectarán a 225 personas y las modificaciones de las condiciones laborales afectarán a 36 trabajadores.
De esta manera, CC.OO. ha manifestado su “total” oposición a esta medida por “injusta, inútil y desproporcionada” y lo ha considerado “un chantaje” al no avenirse los trabajadores a cerrar un convenio colectivo propio en 2012.    Por último, han apuntado que se ha abierto el periodo de consultas para negociar este ERE, con un plazo de 30 días.
TRABAJADORES DE ACSUR. Fuente web Sindicato CTA
Desde 7 de enero hasta la fecha, de forma diaria, varios trabajadores de la antigua ACSUR, se encuentran manifestándose con una pancarta a las puertas del Ayuntamiento de Córdoba, pidiendo la subrogación en EMACSA, y puede parecer paradójico, pero la historia tiene su motivación y por supuesto desde la opinión de este Sindicato la razón, nos explicaremos.
El Gobierno Municipal de Nieto saca a licitación las obras de canalización de Emacsa, licitación que con anterioridad la tenía ACSUR y en ese caso resulta adjudicataria MAGTEL.
Conforme a la legalidad y como la actividad económica es la misma, MAGTEL tendría que subrogarse en la contratación de los trabajadores, en las mismas condiciones que en sus anteriores contratos. Sin embargo, no es así, MAGTEL a oficiales de 1ª de más de 20 años de antigüedad, los quiere subrogar de oficiales de 3ª, pluses no paga, porque según palabras textuales de uno de los responsables, en reunión mantenida con estos trabajadores, si un operario está en una zanja y le cae un poco barro, eso se limpia con la mano, y pluses no se cobran, si hay que quedarse un rato más tampoco pasa nada, y si te tengo que llamar en domingo o en el descanso, para eso estamos para sacar la empresa para adelante. Y hay que tener pasaporte para si en un momento dado te mandan a trabajar a Argel o a Marruecos.
Estos trabajadores, de entre todos, fueron los que no aceptaron estas condiciones leoninas de trabajo, de abuso empresarial y ahora exigen que se les reponga en su puesto de trabajo, y ahí EMACSA como empresa matriz contratante algo tiene que decir, y alguna responsabilidad tendrá, incluido el Sr. Alcalde que para eso es presidente del Consejo de Administración de dicha empresa.
Esta es la política, del Gobierno Municipal del P.P. el desprecio absoluto a las condiciones de trabajo de los trabajadores. Y la falta de autoridad, a pesar de tener la mayoría absoluta, para hacer cumplir a quién corresponda con sus obligaciones de subrogación.
Ni que decir tiene que este Sindicato apoya la protesta de estos trabajadores y de que nos sumamos a la misma.
[ALBACETE] BOICOT A McDonalds, POR LA READMISIÓN DE LA COMPAÑERA DESPEDIDA EN LEÓN
El Sindicato de Oficios Varios de Albacete de la CNT-AIT ha participado con una acción en uno de los McDonald’s de Albacete, en solidaridad con la compañera Saray, que después de haber sido nombrada delegada de la Sección Sindical de CNT en McDonald’s-León ha sido despedida.
Después de haber estado trabajando 5 años en esta empresa y de haber interpuesto dos denuncias en Inspección de Trabajo y Sanidad, fue despedida en el momento en el que la compañera llevó a cabo acción sindical y reivindicando mejoras en las condiciones laborales en esta empresa.
McDonald’s vistió el despido nulo, reprimiendo a una trabajadora que lucha en su puesto de trabajo, con un despido disciplinario, para no pagarle la indemnización. Por este motivo, los compañeros y compañeras del sindicato de León han comenzado una campaña solidaria para exigir la readmisión de la compañera.
Al comienzo de la acción, repartimos varios panfletos a los trabajadores y trabajadoras de McDonald’s para que fueran informadas de lo que estaba ocurriendo y de la represión sufrida por nuestra compañera, así como la exigencia de la CNT para que nuestra compañera sea readmitida y se reconozca la nulidad de su despido. De esta manera, desde CNT-Albacete difundimos el conflicto durante una hora y media, y repartimos alrededor de unos 300 panfletos explicando el conflicto a la gente que entraba al establecimiento.
Ya han sido varios los sindicatos de la Confederación y Secciones de la AIT que han presentado su solidaridad con la compañera de León. Esperamos que la acción conjunta de la solidaridad y el apoyo mutuo den como resultado la readmisión de nuestra compañera muy pronto.
¡BASTA DE REPRESIÓN SINDICAL!                    ¡READMISIÓN COMPAÑERA DESPEDIDA!
http://www.cnt.es/sites/default/files/imagecache/noticia-fullsize/McDonald%27s_0.jpg
REUNIÓN DE LOS TRABAJADORES DESPEDIDOS EN LOS DOS ÚLTIMOS ERE DE LA BASE DE MORÓN
El comité de empresa de Vinnell-Brown & Root Spain (VBR), la sociedad que gestiona los servicios civiles de la base aérea de Morón de la Frontera (Sevilla) para las Fuerzas Aéreas de Estados Unidos en Europa, ha convocado a los trabajadores despedidos a través de los expedientes de regulación de empleo (ERE) promovidos por VBR en 2013 y 2014, toda vez que la plantilla reclama que la transformación de la base en cuartel permanente de la fuerza estadounidense para intervenciones en África implique la readmisión de los despedidos.
Los trabajadores, además, han acordado celebrar concentraciones ante el consulado de Estados Unidos en Sevilla y la Subdelegación del Gobierno los días 13 y 20 de febrero, respectivamente, según informaba José Armando Rodríguez, presidente del comité de empresa de VBR.
Como muestran las hemerotecas, la empresa gestora de los servicios civiles de estas instalaciones militares ya promovió a finales de 2010 un primer expediente de regulación de empleo “por causas organizativas”, para extinguir 286 de los 594 puestos de empleo sujetos entonces a tales servicios. Durante la negociación, la compañía y el comité de empresa acordaron reducir a 150 el número de despidos, pero la destrucción de puestos de trabajo quedó después rebajada a 119 personas al ser descubierto que 31 de los trabajadores incluidos en el ERE habían causado ya baja en la empresa.
Ya en 2013, un año en el que Estados Unidos decidió ampliar su presencia militar en la base de Morón de la Frontera con el despliegue de 500 infantes de marina y ocho aeronaves, la empresa promovió un nuevo ERE. En esta ocasión no medió acuerdo alguno y en septiembre, ‘VBR’ consumó el despido de otros 66 trabajadores, toda vez que pocos meses después, Estados Unidos ampliaba aún más su presencia militar en Morón para sumar 850 infantes de marina y 17 aeronaves en estas instalaciones.
Los trabajadores de la base, en ese sentido, avisaban de una estrategia predeterminada para reducir la plantilla española de las instalaciones castrenses y sustituir así a los empleados españoles por personal estadounidenses o directamente marines. Ya entonces, los representantes de la plantilla manifestaban su temor ante la posibilidad de que VBR promoviese un tercer ERE, como así fue con 55 nuevos despidos, para que los despidos colectivos se acercasen al número de puestos de empleo que la empresa pretendía extinguir a través del primer expediente de regulación de empleo, es decir 286.
LOS SINDICATOS CRITICAN UN ERE ENCUBIERTO EN LA SANIDAD VIGUESA
La junta de personal del Complejo Hospitalario Universitario de Vigo anunció nuevas movilizaciones en febrero y marzo (la primera será una cacerolada ante el Xeral y el jueves ante el Meixoeiro) por las privatizaciones derivadas del nuevo hospital y por la amortización de los puestos de trabajo, que califican como un “ERE encubierto”.
Además de la privatización de servicios no sanitarios como lencería, cocina y mantenimiento, que convertirá en privados 300 puestos de trabajo que hasta ahora eran públicos, añaden la falta de un laboratorio central en el nuevo hospital , los colapsos en Urgencias o el nuevo intento por crear áreas de gestión clínica en Cardiología y Hemodinámica, una figura que podría abrir la puerta a su privatización, según afirman.
Además, critican los “déficits y pérdidas de plantillas” de los últimos años, que consideran “intrínsecamente relacionados” con la privatización de la sanidad y que estiman en una reducción el 16% del personal en general, cifra que llega al 20% en el caso los médicos. El problema se agrava por la falta de sustitución de la ausencias de los profesionales y porque consideran que el área de Vigo está “infradotada económicamente”.
Por otro lado, el 26 de febrero convocaron una manifestación-velorio en las inmediaciones del Xeral y a mediados de marzo habrá una nueva manifestación que también se celebrará en otras ciudades.
EL SUPREMO DA LA RAZÓN AL COMITÉ DE EMPRESA EN EL ERE MUNICIPAL DE ESTEPONA
La Sala de lo Social del Tribunal Supremo (TS) ha considerado que la decisión del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) de rechazar una prueba pericial propuesta por el comité de empresa y los sindicatos en el juicio por el Expediente de Regulación de Empleo (ERE) en el Ayuntamiento de Estepona generó “indefensión” a estas representaciones.
Así se señala en la sentencia en la que el alto Tribunal estima los recursos presentados por esas partes contra la sentencia que dictó en su día la Sala de lo Social del TSJA, con sede en Málaga, en la que se consideró ajustado a derecho dicho ERE, que supuso el despido de 176 trabajadores municipales.
En el fallo de esta nueva resolución, el cual ya se dio a conocer el pasado mes de noviembre, se acuerda anular la primera sentencia y se ordena repetir el juicio, con señalamiento de nuevo día para la celebración, para que “la Sala de instancia valore y admita, en su caso, la prueba pericial que intentó presentar en su día” esa parte.
En su sentencia, El Pleno de la Sala señala que en este caso “el rechazo que la Sala de instancia efectúa en el acto del juicio a la propuesta de la parte actora de practicar prueba pericial, es notoriamente contrario a derecho por no fundarse en causa legal suficientemente motivada”.
CC.OO. DESCONVOCA LA HUELGA EN LAS EMPRESAS DE MANTENIMIENTO DE JARDINES DE BENALMÁDENA
Tras la celebración del acto de conciliación el pasado día 29 de enero y varias reuniones previas con las empresas encargadas del mantenimiento de los jardines de Benalmádena, no se pudo alcanzar un acuerdo.
Por ello, CC.OO. había convocado huelga cuyo inicio comenzaba el 2 de febrero y finalizaba el día 6 del mismo mes.
Gracias al acuerdo con el Ayuntamiento de Benalmadena, por el que se retirará el pliego de Condiciones donde venía reducido la cuantía económica destinada a personal, se ha producido la desconvocatoria de la huelga.
Las empresas adjudicatarias del contrato de mantenimiento del ayuntamiento de Benalmádena son Cespa y FCC.
La empresa Cespa tiene sus centros de trabajo en el Parque de la Paloma y en Parques y Jardines del Ayuntamiento de Benalmádena, y la empresa FCC tiene su centro de trabajo en Zonas Verdes Rústicas del Ayuntamiento de dicho municipio. En ambas empresas hay trabajando un total de 74 personas.
El pasado día 23 de Enero, CC.OO. convocaba a la huelga a la plantilla, ante el evidente riesgo que corrían los puestos de trabajo, al haber reducido el ayuntamiento de Benalmádena la partida presupuestaria destinada al servicio de mantenimiento de jardines.
Esta reducción económica alertó a la organización sindical sobre posibles despidos de parte de la plantilla o bien una reducción de jornada y/o salario.
Gracias a la unidad de los trabajadores y la presión ejercida por los mismo, el Sindicato CC.OO. y el Comité de Empresa, ha conseguido que el Ayuntamiento de Benalmádena, nos comunique por escrito, el inicio de los trámites necesarios para que la Junta de Gobierno Local renuncie a la celebración del Pliego de Condiciones en el que se recogía la reducción de presupuesto.
CC.OO. está satisfecho de esta decisión que sólo hubiera supuesto precarizar las condiciones de trabajo de los trabajadores, o el despido de muchos de ellos.
La decisión además garantiza el adecuado mantenimiento de los jardines de Benalmádena, en beneficio de todos sus ciudadanos.
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