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miércoles, 10 de abril de 2013

LA JUNTA DE ANDALUCÍA MUEVE FICHA

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El Gobierno de Andalucía ha cursado un nuevo decreto-ley con el que trata de poner coto al drama de los desahucios. Entre otras medidas, incluye la posibilidad de expropiar a los bancos que desahucien a familias en situación de riesgo social, además de multas de hasta 9.000 euros a entidades financieras e inmobiliarias que no alquilen sus viviendas vacías.

ANDALUCÍA REGISTRA EL RÉCORD DE DESAHUCIOS: MÁS DE 300 CADA DÍA
ANDALUCÍA REGISTRA EL RÉCORD DE DESAHUCIOS: MÁS DE 300 CADA DÍA
En Andalucía se producen una media de 300 desahucios al día. Según los cálculos del Gobierno de la Junta, que explicaba su consejera de Fomento y Vivienda, Elena Cortés (IU), desde 2007 se han producido unos 86.000 desahucios. Paralelamente, en la Comunidad existen más de 700.000 viviendas desocupadas, de las que alrededor de 350.000 pertenecen a personas jurídicas.
Precisamente a las personas jurídicas, normalmente bancos e inmobiliarias, se dirige principalmente la nueva legislación presentada ayer por la Junta de Andalucía.
El decreto-ley de la función social de la vivienda permite la expropiación temporal de viviendas cuyos ocupantes sean objeto de procedimientos de desalojo en determinadas circunstancias: entre los requisitos que se fijan para aplicar esta medida excepcional destacan que el afectado tenga en la vivienda hipotecada la residencia habitual y permanente; que la finalidad del préstamo sea el pago de la casa; que el desalojo pueda generar exclusión social y que las condiciones económicas de los afectados suponga un importante menoscabo y una situación de endeudamiento sobrevenido.
MULTAS DE HASTA 9.000 EUROS.
LA CONSEJERA DE VIVIENDA, ELENA CORTÉS, ANUNCIA LA PUESTA EN MARCHA DEL DECRETO LEY
LA CONSEJERA DE VIVIENDA, ELENA CORTÉS, ANUNCIA LA PUESTA EN MARCHA DEL DECRETO LEY
La nueva norma incluye también un sistema de sanciones leves, graves y muy graves para las personas jurídicas, bancos, inmobiliarias o entidades de gestión patrimonial que no destinen al arrendamiento su reserva residencial.

Se considerará infracción muy grave no dar uso de habitación a un inmueble o arrendar, transmitir o ceder su uso con destino a vivienda sin cumplir las condiciones de seguridad establecidas por ley, casos en los que la penalización puede alcanzar los 9.000 euros, y cuya recaudación se destinará al patrimonio público de suelo de la Junta.

Para declarar como vacía una vivienda será necesario acreditar durante un periodo de seis meses la no habitabilidad, y la nueva regulación establece la creación de un Registro de Viviendas Deshabitadas como instrumento de control, al tiempo que dispondrá de un plan de inspección que, con una vigencia de dos años, fijará los criterios para priorizar la actuación de la Junta en este ámbito.

Según la consejera, con esta nueva regulación Andalucía avanza “hacia un horizonte más justo, en el que las víctimas de la crisis ven como su gobierno autonómico ofrece respuestas”. “Con este decreto hacemos justicia, llegamos a la raíz del problema“, concluyó Cortés

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 OTRA HUMANIDAD ES NECESARIA 

 

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