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El Gobierno de Andalucía ha cursado un nuevo decreto-ley con el que trata de poner coto al drama de los desahucios. Entre otras medidas, incluye la posibilidad de expropiar a los bancos que desahucien a familias en situación de riesgo social, además de multas de hasta 9.000 euros a entidades financieras e inmobiliarias que no alquilen sus viviendas vacías.
En Andalucía se producen una media de 300 desahucios al día. Según los cálculos del Gobierno de la Junta, que explicaba su consejera de Fomento y Vivienda, Elena Cortés (IU), desde 2007 se han producido unos 86.000 desahucios. Paralelamente, en la Comunidad existen más de 700.000 viviendas desocupadas, de las que alrededor de 350.000 pertenecen a personas jurídicas.Precisamente a las personas jurídicas, normalmente bancos e inmobiliarias, se dirige principalmente la nueva legislación presentada ayer por la Junta de Andalucía.
El decreto-ley de la función social de la vivienda permite la expropiación temporal de viviendas cuyos ocupantes sean objeto de procedimientos de desalojo en determinadas circunstancias: entre los requisitos que se fijan para aplicar esta medida excepcional destacan que el afectado tenga en la vivienda hipotecada la residencia habitual y permanente; que la finalidad del préstamo sea el pago de la casa; que el desalojo pueda generar exclusión social y que las condiciones económicas de los afectados suponga un importante menoscabo y una situación de endeudamiento sobrevenido.
MULTAS DE HASTA 9.000 EUROS.
La nueva norma incluye también un sistema de sanciones leves, graves y muy graves para las personas jurídicas, bancos, inmobiliarias o entidades de gestión patrimonial que no destinen al arrendamiento su reserva residencial.
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