Publicado en: 9 marzo, 2015
Por Kaos. Estado Español
El Ejecutivo justifica en una respuesta parlamentaria que prima
sobre estas órdenes el derecho interno de cada país y los acuerdos de
extradición firmados En noviembre, la jueza argentina María Servini
reclamó el arresto de 20 personas por crímenes cometidos durante la
dictadura Entre ellos, están los exministros José Utrera Molina o
Rodolfo Martín Villa […]
El Ejecutivo justifica en una respuesta parlamentaria que prima sobre estas órdenes el derecho interno de cada país y los acuerdos de extradición firmados
En noviembre, la jueza argentina María Servini reclamó el arresto de 20 personas por crímenes cometidos durante la dictadura
Entre ellos, están los exministros José Utrera Molina o Rodolfo Martín Villa
El Gobierno no promoverá la detención de los ex ministros franquistas reclamados por la Justicia argentina por delitos cometidos durante la dictadura y alega que las órdenes de detención internacional emitidas a través de Interpol no son vinculantes ya que prima el derecho interno de cada país y los acuerdos de extradición firmados entre las naciones implicadas.
El Ejecutivo justifica en una respuesta parlamentaria que prima sobre estas órdenes el derecho interno de cada país y los acuerdos de extradición firmados
En noviembre, la jueza argentina María Servini reclamó el arresto de 20 personas por crímenes cometidos durante la dictadura
Entre ellos, están los exministros José Utrera Molina o Rodolfo Martín Villa
El Gobierno no promoverá la detención de los ex ministros franquistas reclamados por la Justicia argentina por delitos cometidos durante la dictadura y alega que las órdenes de detención internacional emitidas a través de Interpol no son vinculantes ya que prima el derecho interno de cada país y los acuerdos de extradición firmados entre las naciones implicadas.
El Ejecutivo responde así en una respuesta parlamentaria
escrita donde explica que “la pertenencia de un país a la organización
Interpol, según sus estatutos, no vincula en modo alguno a la ejecución
de la demanda de detención preventiva a efectos de extradición en el
resto de países miembros”. Según defiende, la decisión de estos países
“en cuanto a la ejecución de la detención se basará en su propio derecho
interno, y muy especialmente, en los tratados internacionales de
extradición firmados con el país reclamante”.
“No existe vinculación, por tanto, con los documentos de
detención emitidos a través o por la Secretaría General de Interpol”,
zanja la respuesta. El pasado noviembre la jueza argentina María Servini
reclamó la detención de veinte personas por crímenes cometidos durante
el franquismo, entre ellos varios ministros de la dictadura como José
Utrera Molina o Rodolfo Martín Villa. Se les acusa de los delitos de
genocidio, crímenes contra la humanidad y crímenes de guerra.
En su respuesta el Gobierno añade que “existía, además,
un precedente, ya que en la misma causa, instruida por la justicia
argentina, las autoridades españolas habían denegado la extradición de
otros cuatro ciudadanos españoles”.
Se refiere en este punto al ex guardia civil Jesús
Muñecas Aguilar, el ex escolta de Francisco Franco y de la Casa Real
Celso Galván Abascal, el ex comisario José Ignacio Giralte González, y
el ex inspector José Antonio González Pacheco, alias ‘Billy El Niño’. En
aquella ocasión, la Secretaria General aceptó las razones esgrimidas
por Interpol España.
La resolución de Interpol
Las fuentes policiales recordaron también que existe una
resolución aprobada por Interpol en 2010 y que afecta a la cooperación
en el caso de solicitudes relacionadas con los delitos de genocidio,
crímenes contra la humanidad y crímenes de guerra.
En aquella resolución los países integrantes de Interpol
se manifestaban “preocupados” por “el aumento del número de solicitudes
presentadas por conducto de Interpol sobre casos de genocidio, crímenes
contra la humanidad y crímenes de guerra que plantean dudas” así como
“por la proliferación de litigios entre países miembros acerca del
tratamiento de tales solicitudes”.
Se trata de la AG-2010-RES-10 suscrita por la Asamblea
General de la OIPC-INTERPOL, en su 79ª reunión, celebrada en Doha
(Qatar) entre el 8 y el 11 de noviembre de 2010. Entre otras cuestiones
acordaron seguir cooperando en solicitudes presentadas por los países
miembros, salvo cuando un país miembro proteste contra una orden de
detención de uno de sus ciudadanos en el plazo de treinta días.
Fuente: Agencias
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