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jueves, 12 de marzo de 2015

ASAMBLEA NACIONAL DE VENEZUELA APROBÓ EN GENERAL LA LEY ANTIIMPERIALISTA

 

En cinco pasos se formaliza la aprobación que podrá blindar al Estado y pueblo venezolano frente a cualquier ataque o amenaza imperial.

El presidente venezolano Nicolás Maduro presentó este martes ante la Asamblea Nacional (AN) de Venezuela una solicitud de aprobación del proyecto de Ley Habilitante que le permita legislar a favor de la paz y soberanía de la nación suramericana.

La propuesta ya fue aprobada en una primera discusión en el Parlamento y falta un segundo paso para su aprobación final.

Conozca los puntos claves a continuación:

DURACIÓN:
El proyecto comprende una licencia de seis meses que le conferirá poderes especiales al presidente venezolano para dictar leyes y decretos con rango y fuerza de ley.

ALCANCE
Al momento de la publicación de la Ley Habilitante, el dignatario podrá dictar reglamentos jurídicos en materia de: justicia, libertad, independencia, soberanía, inmunidad, la integridad territorial, autodeterminación nacional y paz.

En este marco, el presidente Nicolás Maduro, podrá promulgar reglamentos que protejan al país en contra de las amenazas y agresiones por parte de Estados Unidos, así como cualquier acción que pretenda violentar la paz o la tranquilidad del país.

Además, el jefe de Estado tendrá licencia para emitir decretos con rango, valor y fuerza de Ley que busquen blindar al Estado y al pueblo venezolano frente a actuaciones de otros países, e incluso entes económicos y factores internos.

De esta manera se podrá evitar socavar o distorsionar el país y el sistema socioeconómico y financiero.

PROCESO DE APROBACIÓN
Para poderse aprobar este proyecto de Ley se deben cumplir con 5 pasos según la normativa vigente en la Constitución y leyes venezolanas.

-La primera discusión en plenaria, que ya se hizo y fue aprobada este miércoles.
-La revisión por la Comisión Especial, que se encarga del análisis y presentación del informe en el caso de que tengan que hacerse recomendaciones y objeciones.
-La distribución del Proyecto entre los diputados del Parlamento que no pasará más de 10 días hábiles para seguir con el siguiente paso.

-La segunda discusión en Plenaria, que es el paso en el que se revisa y aprueba artículo por artículo de la Ley.

-La sanción y remisión ante el Ejecutivo para que la misma sea promulgada y publicada para su entrada en vigencia.

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Telesur

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