Publicado en: 15 enero, 2015
Por Gonzalo Cortizo
La reforma del Código Penal que pretende el Gobierno esconde
un cambio de sustancial importancia que ha pasado prácticamente
inadvertido. El nuevo texto propuesto por el Ejecutivo prevé fórmulas
para exonerar a empresas, partidos políticos y sindicatos de la
responsabilidad que hasta ahora tenían en el caso de haberse beneficiado
de la comisión de algún delito. Según la propuesta del Gobierno, estas
organizaciones podrán librarse de problemas con la justicia solo con
poner en marcha planes de control antes de la comisión del delito.
En nuestro país, hasta 2010, no era posible juzgar a una
empresa pero sí a sus empleados. Dicho de otro modo, si una compañía
pagaba sobornos, vertía residuos ilegalmente o vendía productos en mal
estado, los responsables eran personas físicas, pero no la empresa en sí
misma, aunque se hubiera beneficiado económicamente de esas prácticas.
Los cambios introducidos por el Gobierno de Zapatero abrieron la vía
judicial a la imposición de multas e incluso al cierre de empresas por
sus prácticas ilegales.
Aquella legislación, que supuso un tenso debate en
Consejo de Ministros, ya aclaraba que obraría como atenuante el hecho de
que las empresas demostrasen haber puesto en marcha planes de control
del delito. Ahora el PP planea convertir ese atenuante en eximente,
reformando el artículo 31 bis de esa ley.
El cambio legal afecta también a la posibilidad de juzgar
a partidos políticos y sindicatos. Desde 2012, tras una iniciativa de
UPyD, el entonces ministro Gallardón incorporó a estas entidades como
“penalmente responsables”. Con los nuevos cambios que pretende
incorporar el Ejecutivo de Rajoy, partidos políticos y sindicatos
deberán crear mecanismos de control y lucha contra el delito si quieren
evitar ser considerados responsables por las infracciones penales que
pudieran cometer sus dirigentes y que beneficien de algún modo a la
organización.
La actual estructura de las formaciones políticas apenas
cuenta con mecanismos que puedan equipararse a los señalados por la ley
como garantes de la vocación de lucha contra el delito. En el caso del
partido que sustenta al Gobierno, Rajoy encargó en 2009 la redacción de
un Código de Buenas Prácticas.
Ana Mato fue la persona escogida para presentar ese documento. Nadie
por entonces podía imaginar que Mato llegaría a ser ministra y que
tendría que dimitir por sus relaciones con la Gürtel. Según fuentes
jurídicas, “parece difícil pensar que un juez pudiera aceptar ese código
como eximente en el caso de que alguien reclame la responsabilidad
penal del PP por la comisión de algún delito”.
La nueva ley obligará a que “la supervisión del
funcionamiento y del cumplimiento del modelo de prevención implantado
haya sido confiado a un órgano de la persona jurídica con poderes
autónomos de iniciativa y control”. Nada en la calle Génova, ni en
Ferraz, ni en la sede de sindicato alguno, parece cumplir con la
independencia que señala el texto legal.
Los cambios en la legislación abren la vía al desarrollo
de un nuevo sector de consultoría todavía no muy implantado en España:
el compliance. Este término, habitual en el marco
anglosajón, se refiere a la creación de departamentos de “cumplimiento
normativo” que se encargan de vigilar que la compañía en la que están
insertados no vulnere la legislación en el desarrollo de sus tareas. Con
la nueva ley que pretende aprobar el PP, aquellas empresas que impulsen
la creación de departamentos de Compliance tendrán el camino allanado para ser exoneradas de cualquier delito que pudiera cometer uno de sus directivos.
Según Juan Antonio Lascuraín, catedrático de Derecho
Penal en la Universidad Autónoma de Madrid, “la esencia de la
responsabilidad consiste en evitar que alguien de dentro de la
organización cometa un delito en favor de la organización sin que esta
se organice para evitar que suceda”. Según este profesor, “hay una
percepción que proviene del mundo anglosajón que señala que las empresas
y su ánimo de lucro poseen en sí mismos un fuerte factor criminógeno.
Las empresas, si no tienen responsabilidad, no tienen alicientes para
hacer las cosas bien”. Ese criterio, introducido en 2010, contrasta con
la máxima clásica en el Derecho español que señala que “las sociedades
no pueden delinquir”.
Lascuraín considera que “parece de justicia que, si una
organización hace bien las cosas, no debería penar porque una persona de
la organización se haya saltado los controles”.
Presiones de las empresas
El cambio legal impulsado por los populares no responde a
una decisión meramente casual. Según fuentes parlamentarias consultadas
por eldiario.es, “ha habido presiones de empresas extranjeras que
amenazaron con retirar sus inversiones si no se les garantizaba eliminar
el riesgo legal que les suponía la anterior legislación”.
El historial de empresas con problemas en países en donde
tienen filiales es abultado. La alemana Siemens aceptó pagar 585
millones de euros a EE UU tras saberse que había pagado sobornos para
conseguir contratos. Los problemas de la firma alemana se extendieron a
otros países y la dirección de la compañía decidió acometer cambios en
sus puestos directivos y realizar una inversión multimillonaria en
control interno.
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