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jueves, 31 de julio de 2014

EL SUPREMO DEBERÁ PRONUNCIARSE SOBRE PATERNIDAD DE JUAN CARLOS I

¿Y si esta persona fuera el primogénito? 

De esta forma el tribunal se pronunciará por primera vez sobre la extensión de la inviolabilidad. La reclamación fue inadmitida a trámite en 2013, según publica 'El Mundo'.
Este jueves en la portada de 'El Mundo' hay un tema destacado y no es la reunión entre el presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, y el de la Generalitat, Artur Mas. Se trata de la noticia que informa de que la Sala Civil del Tribunal Supremo recibió el martes por la tarde una demanda de paternidadinterpuesta por Alberto Solá Jiménez contra el rey Juan Carlos I. 
El caso procede de la Audiencia Provincial de Madrid, que como explica la periodista María Peral en 'El Mundo', "teníapendiente de resolver un recurso de Solá contra la decisión del Juzgado de Primera Instancia número 34 de inadmitir a trámite la demanda en virtud de la inviolabilidad de la que gozaba el entonces jefe del Estado".  
Y llega al Supremo porque tal y como recuerda el diariotras la abdicación del rey Juan Carlos, la Ley Orgánica 4/2014 incluyó que "los tribunales que estuvieran conociendo de los procedimientos iniciados con anterioridad al aforamiento del rey" (acordado por las Cortes) "suspenderán su tramitación en el estado en que se encuentren y remitirán las actuaciones inmediatamente a la Sala competente del Tribunal Supremo",
Solá asegura que su madre biológica (él lleva los apellidos de sus padres adoptivos), perteneciente a una familia de banqueros catalanes, mantuvo una relación en Barcelona con el demandado cuando era Príncipe de Asturias.
En 2012, el catalán Albert Solá Jiménez y la belga Ingrid Jeanne Satiau, quienes dicen ser hijos del hasta hace poco monarca, presentaron una demanda conjunta de paternidad. La denuncia fue desestimada debido a que entonces Juan Carlos estaba amparado por la inviolabilidad establecida en el artículo 56.3 de la Constitución.
 "Variamos la causa ampliándola a la presunta madre y presunto padre de forma conjunta y argumentamos que el rey ya no es inviolable porque hay jurisprudencia que sostiene que lo es sólo en el ejercicio de sus funciones como rey", explicó a BBC Mundo el abogado de Albert Solá, Francesc Bueno, en junio de este año.
En octubre de 2013, Bueno presentó a los tribunales una segunda demanda a nombre de Solá en la que destaca el hecho que su cliente fue concebido en 1956, cuando Juan Carlos aún no reinaba. "Entendemos que el acto fue consumado cuando era un ciudadano de a pie, como nosotros", dijo.
El abogado esperó a que el 19 de junio se hiciera efectiva la abdicación del rey para ampliar la demanda de paternidad. Representaba un nuevo hecho vinculado con el proceso, según establece el artículo 286 de la Ley de Procedimiento Civil.
Más allá del reconocimiento público de ser hijo de, expertos consultados BBC puntualizaron que detrás de toda demanda de paternidad hay consecuencias de gran calado. "Con la declaración de paternidad el día de mañana tendría un derecho sucesorio por ser hijo de, y, bajo las leyes españolas, los hijos tienen derecho a una legítima de la herencia", aclaró el abogado Ignacio De Luis.

OTRA HUMANIDAD ES NECESARIA 

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