Viernes, 03 de Enero de 2014 00:31
La enmiendas propuesta por el PP fue aprobada por el Congreso de los
Diputados y establece que las personas sin trabajo, que hayan agotado
la prestación y los subsidios por desempleo, y que se ausenten del país
más de 90 días en un año, perderán el derecho a la sanidad pública.
Parados de larga duración que salgan del país, definitivamente excluidos del sistema sanitario
Juana Martínez Fonseca
Se ha publicado, en el Boletín Oficial del Estado del 26 de diciembre de 2013,
la Ley 22/2013 de Presupuestos Generales del Estado para el año 2014,
en la que, gracias a las enmiendas propuesta por el Partido Popular (PP)
y aprobadas recientemente por el Congreso de los Diputados, se
establece que las personas sin trabajo, que hayan agotado la prestación y
los subsidios por desempleo, y que se ausenten del país más de 90 días
en un año, perderán el derecho a la asistencia sanitaria.
Como Acta Sanitaria había informado (Ver “Parados que salgan del país, a punto de ser los siguientes excluidos del sistema sanitario“),
ya que se aprobaron dichas enmiendas, todo aquel que reúna estas
condiciones será considerado “no residente” y, si regresa a España, ya
no gozará del derecho a la atención sanitaria.
Puntualmente, la modificación hecha a la
Ley 16/2003 de “cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud”
determina que “tendrán la condición de asegurado” quienes se encuentren
en la siguiente situación: “d) Haber agotado la prestación o el subsidio
por desempleo u otras prestaciones de similar naturaleza, encontrarse
en situación de desempleo, no acreditar la condición de asegurado por
cualquier otro título y residir en España”.
Asimismo, se incorporó una nueva
disposición adicional al Texto Refundido de la Ley General de la
Seguridad Social, que señala: ”Disposición adicional sexagésima quinta. Pérdida de residencia a efectos de prestaciones de la Seguridad Social [...] 2.
A efectos del mantenimiento del derecho de las prestaciones sanitarias
en las que se exija la residencia en territorio español, se entenderá
que el beneficiario de dichas prestaciones tiene su residencia habitual
en España aún cuando haya tenido estancias en el extranjero siempre que
éstas no superen los 90 días a lo largo de cada año natural”.
Era de esperarse que estas enmiendas
fueran aprobadas, por la mayoría que ostenta el PP en el Congreso, y
ahora es un hecho, ya que la nueva normativa tiene efectos desde el 1 de
enero de 2014 y vigencia indefinida. Teniendo en cuenta la emigración
económica forzada de la que están siendo víctimas muchas personas,
especialmente jóvenes que no encuentran la forma de subsistir en este
país, es de esperarse que el número de excluidos, afectados por esta
reformas legales, sea realmente significativo.
Hay que tener en cuenta que, según las
Proyecciones para el 2013 del Instituto Nacional de Estadística (INE),
se calcula que alrededor de 600.000 personas abandonaron el país el año
que acaba de terminar, en 2012 los registros del INE evidencian que
476.748 personas emigraron de España. En cuanto a las vulneraciones de
derechos fundamentales, ya Médicos del Mundo señalaba que el sistema
sanitario español “desechaba” 2.392 personas al día, cuando dentro de
los colectivos excluidos no se encontraban los desempleados de larga
duración emigrantes, es por lo tanto de esperarse que éstas aumenten en
gran medida.
No hay comentarios:
Publicar un comentario