El borrador de la modificación de la
Orden del 21 de febrero de 2002 por la que regula las residencias
universitarias, deja en manos de las empresas privadas el nombramiento
de la dirección y el desarrollo de las normas internas con las que
cuente cada residencia universitaria de Castilla-La Mancha. Además se
incluye la eliminación del servicio de comida los fines de semana y
festivos, sólo se ofrecerá en días laborales. Así se desprende del texto
que se debatirá el próximo lunes por la Junta de Comunidades y
los sindicatos en una mesa de negociación que tendrá lugar en Toledo y
al que ha tenido acceso El CRisol.
Se trata de un texto que modifica sólo
siete puntos de la anterior Orden de la Consejería de Educación, para
incluir en varios apartados las palabras de gestión indirecta
subrayando, por lo tanto, que a partir de su aprobación habrá en
Castilla-La Mancha dos tipos de residencias universitarias: las que
dependan de forma directa por la Consejería de Educación y las
que se encargue la empresa privada de su gestión y que dependerán de un
órgano en el que estén todas representadas que aún está por crear.
Junto a los cambios internos, el
borrador de la nueva orden remarca que los precios públicos y el
personal laboral quedarán a disposición de lo que se marque en los
pliegos técnicos por los que se privaticen las residencias. Por lo que
aún, en este borrador no se aclara el personal laboral con el que
contarán los centros al privatizarse ni su precio. Ambos supuestos “será
de aplicación en los supuestos de gestión indirecta de Residencias
siempre que resulte compatible con el régimen jurídico a que
hayan de someterse las entidades concesionarias y con la normativa de
contratación del sector público”, indica el texto.
Así analizando los cambios, el texto
comienza rebajando las características con las que cuenta las
residencias universitarias, modificando el artículo 4 donde se describen
e indicando que las “residencias Universitarias. Facilitan el régimen
de pensión completa en días laborables, mantenimiento de instalaciones,
limpieza de dependencias y conserjería”, el anterior texto incluía
limpieza de “todas” las dependencias, palabra que desaparece en la nueva
redacción y la coletilla “24 horas” en la conserjería, junto a
las palabras pensión completa, sin el completo de “en días laborales”,
lo que implica que se elimina la manutención los fines de semana en el
nuevo régimen. En la modificación de este artículo ya se
introduce la posibilidad de gestión indirecta “de conformidad con la
normativa reguladora de la contratación del sector público” y que
afectará no sólo a las residencias universitarias sino también al modelo
de ‘apartamento-vivienda universitaria’.
En la redacción del artículo 9 de la
orden se añade un nuevo párrafo en el que se específica que “en los
casos de gestión indirecta la entidad concesionaria deberá establecer un
Reglamento de Régimen Interior que garantice el cumplimiento de lo
dispuesto en esta Orden así como los pliegos de cláusulas
administrativas particulares y de prescripciones técnicas a los que haya
de ajustarse el correspondiente contrato”. Un párrafo que
supone que la normativa de uso de las instalaciones quedará en manos de
la empresa que lo gestione en aquellas que se queden como gestión
privada.
Otra modificación normativa es la de la
dirección, cuyo nombramiento pasará a depender de la empresa
concesionaria, si bien de ”dependerá funcional y orgánicamente de la
Dirección General competente en materia de universidades”. Las
funciones de estos directores de residencias universitarias elegidos por
empresas dependerá de forma directa de lo que dicte el pliego de
condiciones por el que se adjudiquen los servicios universitarios.
El último cambio en las normas de gestión de las residencias universitarias se refiere a la ‘asamblea de residentes’ cuya formación quedará a cargo de la empresa concesionaria que se quede con el servicio de cada residencia.
Con estos cambios normativos el borrador
marca dos tipos de residencias universitarias una vez se desarrolle el
proceso de privatización. De una parte las que permanezcan en manos de
la Junta que deberán cumplir con la actual normativa y apenas sufrirán
cambios. De otras parte las que queden en manos de privadas cuya
normativa interna y dirección pasará a depender de la empresa y que, de
hecho, con la modificación del artículo 17 quedarán fuera del
Consejo de Residencias, ya que en este texto se incluirá que este será
“el órgano colegiado de representación en las Residencias gestionadas
directamente por la Administración Regional”.
Puedes consultar aquí el borrador al que ha tenido
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