Tras una denuncia realizada por ALA (Asociación
Libre de Abogados) a la Defensora del Pueblo, ésta
remitió queja a la Policía recomendando que finalizasen las prácticas
denunciadas por vulnerar tanto los derechos de las personas privadas de libertad
como por atentar gravemente al derecho de defensa.
ALA y compañeros y compañeras de la Comisión
Legal Sol denunciamos que en la Comisaría de Moratalaz (sede de la Brigada
Provincial de Información, la encargada de movimientos sociales) diversos
miembros de la Policía realizan interrogatorios a detenidos, encapuchados o con
“bragas”, así como, interrumpían las declaraciones, trataban de abrir o dejar
entreabierta la puerta durante la entrevista reservada con el abogado, y se
realizaban otras prácticas intimidatorias.
Esta práctica de comparecer encapuchados ante
personas privadas de libertad, carece de toda racionalidad y motivación y solo
busca profundizar en el amedrentamiento de las personas detenidas e impedir el
derecho a la defensa. No es admisible que quien te interrogue esté encapuchado,
y que los policías que pasan por los alrededores estén encapuchados, más aún
cuando falta a la verdad cualquier argumentación referida a una supuesta
seguridad personal o integridad de los agentes actuantes, nunca puesta en
riesgo, ni acreditada tal situación y cuya única finalidad es amedrentar a la
persona privada de libertad.
En la respuesta que nos ha remitido el Defensor
del Pueblo, la policía alega que los funcionarios que se encapuchaban lo hacían
por “entre otras cuestiones” por la “seguridad de los funcionarios y la eficacia
futura de determinados servicios policiales”. Dicen que “está en juego la
salvaguardia de la vida de los funcionarios policiales” y que esta práctica no
está “expresamente prohibido por la ley”, pese a que el Tribunal Europeo de
Derechos Humanos haya declarado que la práctica de aparecer encapuchados ante
las personas privadas de libertad supone una práctica intimidatoria generando
una sensación de inseguridad.
Igualmente, entendemos que se vulnera la
obligación de exhibición de forma clara de su identificación personal, así como,
se somete al interrogado a un menoscabo de su capacidad de decisión, conforme
establece el Conjunto de Principios para la Protección de Todas las Personas
sometidas a cualquier forma de detención o prisión, de Naciones Unidas,
Resolución 43/173, de 9 de diciembre de 1988.
Desde ALA queremos recordar a la Policía, sus
funcionarios y los responsables políticos que la disidencia forma parte del ADN
de una democracia. Sin disidencia no existe democracia y es función de la
policía proteger los derechos fundamentales. Negamos, por ser un absurdo
irracional e insostenible, que ningún policía tema por su seguridad personal o
integridad física en la toma de declaraciones donde se denunció esa práctica que
cada vez es más habitual y cuyo único fin es amedrentar a la persona detenida e
impedir el ejercicio de sus derechos.
Estas prácticas solo tienen cabida desde la
consideración como “enemigos” de las personas detenidas y esto repugna al estado
social y de derecho. La policía tiene conferido el uso legítimo de la fuerza,
pero para la salvaguardia de los derechos fundamentales, no para la represión y
el escarmiento.
Es inadmisible que públicamente por la Delegada
de Gobierno se manifestó que era una práctica del anterior Gobierno, o que no se
iba a volver a repetir, llegando la Jefatura Superior de Policía, a sostener que
se trataba de un “hecho puntual” y que, sin embargo, ahora parece quererse
amparar, y permitir que se siga produciendo.
ALA continuará luchando por la dignidad de las
personas detenidas y presas y contra el abuso que con ellas se cometa, y por eso
exigimos que se prohíban de forma inmediata y expresa estas prácticas. ALA,
igualmente, continuará denunciando estas prácticas y acudirá a las instancias
oportunas que correspondan para acabar con éstas prácticas.
Que sorprende sobremanera que se defienda que los
policías atiendan encapuchados en las Comisarías a los ciudadanos, porque no
cabe alternativa, o se está en el respeto y defensa de los derechos humanos y
los valores democráticos, o se está en la defensa de la impunidad de los malos
tratos y torturas, de los tratos degradantes y frente a los derechos
democráticos, y resulta lamentable que, en el siglo XXI, se pretenda
retrotraernos a defender la actuaciones de encapuchados frente a ciudadanos
privados de libertad, recordemos que amparados por la presunción de inocencia,
conjuntamente, con otros modelos que parecen inspirar a dicha DGP, como el de
los Tribunales sin rostro peruanos de la década de los años ochenta, y
cuyas actuaciones han sido anuladas por la Corte Interamericana de Derechos
Humanos, precisamente por carecer de justificación alguna en un sistema de
respeto de los valores democráticos.
Junta Directiva de la Asociación Libre de
Abogados, Madrid, 10 de junio de 2013.
OTRA HUMANIDAD ES NECESARIA
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