Sábado, 23 de marzo de 2013
El magistrado Gómez Bermúdez dice que sigue adelante y citará a declarar a los supuestos donantes de dinero negro del PP.
Agencias.- En un auto
notificado este viernes, Gómez Bermúdez alega que la resolución en la
que acordaba tanto estas citaciones como la de Bárcenas, que iba a
producirse este viernes aunque fue suspendida por la Sala de lo Penal,
no puede recurrirse en apelación por tratarse de una providencia y no de
un auto.
La Ley de Enjuiciamiento
Criminal establece en su artículo 766.2 que "contra los autos del juez
de Instrucción y del juez de lo Penal que no estén exceptuados de
recurso podrá ejercitarse el de reforma y el de apelación", lo que
excluye la posibilidad de recurrir providencias.
Tras poner de manifiesto
"el literal del escrito del recurso", Gómez Bermúdez resuelve que "debe
ser inadmitido de plano", al entender que la resolución recurrida no es
"susceptible de recurso de apelación".
Sin embargo, la Fiscalía
Anticorrupción ya advertía en su escrito que interponía un recurso de
apelación contra la providencia por entender que "su naturaleza es la de
un auto resolutivo de un presupuesto procesal relevante para la
tramitación de la causa, como es el acuerdo de practicar diligencias".
Es decir, que Gómez Bermúdez debería haber dictado un auto y no una
providencia para acordar las citaciones.
La Sección Segunda de la
Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional acordó este jueves suspender
la declaración de Bárcenas ante Gómez Bermúdez al considerar que no
resulta "necesaria" ni tiene la "reconocida urgencia" que requiere la ley para que los jueves en conflicto de competencia puedan realizar diligencias.
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