LA UNIÓN EUROPEA DECIDE QUE ESTAR ENFERMO ES MOTIVO SUFICIENTE PARA ARRUINAR AL PACIENTE
La Unión Europea obligará a España a dejar de aplicar el IVA
reducido del 10 por ciento a los productos sanitarios y fijar el tipo
general del 21% para estos productos.
Así lo recoge el dictamen del abogado general del Tribunal de
Justicia de la UE, ante una demanda efectuada por la propia Comisión
Europea sobre la legalidad de los tipos reducidos de IVA que España
aplica actualmente en la sanidad.
Pero esta subida del IVA no es nada comparada con la que se avecina,
si el Tribunal de Justicia de la UE atiende a las razones expuestas por
su abogado general Niilo Jääskinen en el contencioso que enfrenta a
España y la Comisión Europea sobre la legalidad de los tipos reducidos
de IVA en Sanidad.
Según las conclusiones de Jääskinen, España viene incumpliendo desde
el año 2006 la llamada Directiva IVA que recoge los diferentes tipos a
aplicar en los países miembros de la UE.
El abogado del Tribunal de Luxemburgo da la razón en su informe a
todas las reclamaciones efectuadas por la Comisión Europea en su
demanda.
La Comisión Europea también alegó en su demanda que la normativa española de aplicar un tipo de IVA reducido a las “sustancias medicinales susceptibles de ser utilizadas habitual e idóneamente en la obtención de medicamentos“, es decir, los principios activos, no cumple la ley vigente.
Las conclusiones del abogado general también le dan la razón en este
punto, argumentado que sólo los medicamentos pueden tener esta
reducción.
Además de dar la razón a la Comisión, el abogado general propone condenar en costas a España por todo el proceso.
LA UNIÓN EUROPEA CONSIDERA QUE ESTAR ENFERMO ES RAZÓN SUFICIENTE PARA ARRUINAR AL PACIENTE
OTRA HUMANIDAD ES NECESARIA
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